Gobierno anunció dos días sin IVA

Los días sin IVA fueron incluidos en el proyecto de ley de reforma tributaria presentada por el gobierno de Gustavo Petro.

Las jornadas se realizarían en los meses de febrero y agosto del  2023 y los descuentos solo se aplicarán a  productos nacionales y que su valor no  supere los $3 millones.

“Le di mi aval a dos días sin IVA para una lista específica de productos nacionales, creo que es una buena alternativa»: José Antonio Ocampo, Ministro de Hacienda,

 Los productos que trendrían este beneficio serían:

1. Prendas de vestir de todo tipo, con un precio de venta por unidad igual o inferior a veinte (20) UVT (Unidad de Valor Tributario).

2. Complementos de vestuario, que incluyen únicamente: morrales, maletines, bolsos de mano, carteras, gafas, paraguas, pañoletas y bisutería con valor igual o inferior a 760.080 pesos.

3. Aparatos eléctricos que se utilizan en el hogar con un precio de venta por unidad igual o inferior a ochenta (80) UVT aproximadamente 3 millones de pesos, que incluyen únicamente: televisores, computadores personales, equipos de comunicación, parlantes de uso doméstico, tabletas, refrigeradores, congeladores, lavaplatos eléctricos, máquinas de lavar y secar, aspiradoras y estufas, planchas, cepillos de dientes eléctricos, hornos microondas, aires acondicionados,

4. Artículos especializados para la práctica de deportes, que incluyen únicamente: pelotas de caucho, gomas, balones, raquetas, cascos, bates, mazos y gafas de natación, entre otros. Esta categoría incluye bicicletas y bicicletas eléctricas por un precio de venta por unidad igual o inferior a 80 UVT

5. Objetos para entretener y divertir a las personas, especialmente niños, que incluyen únicamente: muñecas, animales de juguete, instrumentos musicales de juguete, rompecabezas, juguetes con ruedas  y naipes, entre otros. El precio de venta por unidad es igual o inferior a 15 UVT  570.000 pesos aproximadamente.

Esta categoría incluye patinetas eléctricas con un precio de venta por unidad igual o inferior a quince (15) UVT.

6. Artículos necesarios para el desarrollo de actividades pedagógicas en el contexto escolar y universitario que incluyen únicamente: uadernos, software educativo, lápices, esferos, borradores, plastilina, pegantes y tijeras, entre otros, con un precio de venta por unidad igual o inferior a 15 UVT.

7. Bienes e insumos para el sector agropecuario cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a ochenta (80) UVT. En estos bienes clasifican: semillas, frutos para la siembra, abonos de origen animal, insecticidas, fungicidas, herbicidas, aspersores, goteros, trilladoras, concentrados y medicamentos para animales, guadañadoras y cosechadoras, entre otras.