
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca protegió los derechos fundamentales a la seguridad social, de petición y al mínimo vital de un adulto mayor que no había podido acceder a su pensión debido a demoras en el pago de un cálculo actuarial necesario para completar su historia laboral. La Corporación ordenó a la empresa LATAM – responsable efectuar el pago – y a la administradora de pensiones Colpensiones, actualizar la información laboral y resolver de fondo la solicitud pensional.
Un ciudadano de 69 años, que ejerció su labor como piloto comercial, solicitó la protección de sus derechos fundamentales al considerar que no había podido obtener el reconocimiento de su pensión de vejez debido a la falta de incorporación de varios años laborados a la aerolínea AIRES S.A., hoyLATAM S.A. Durante ese período no se realizaron aportes al sistema pensional, por lo que era necesario el pago de un cálculo actuarial que permitiera reflejar esas semanas en su historia laboral.
El accionante sostuvo que cumplía con las semanas necesarias para pensionarse si se contabilizaba el tiempo trabajado, pero que las demoras entre la empresa y la administradora de pensiones habían impedido la actualización de su historia laboral y el estudio definitivo de su prestación. Además, manifestó depender económicamente de terceros para su subsistencia.
El Tribunal concluyó que el ciudadano sí había adelantado las actuaciones necesarias para reclamar su derecho pensional y que la controversia administrativa entre las entidades involucradas no podía trasladarse al trabajador. La Corporación resaltó que las demoras asociadas al cálculo actuarial y a la actualización de la historia laboral estaban afectando de manera directa sus derechos fundamentales.
El Magistrado ponente, Carlos Leonel Buitrago Chávez precisó que los plazos fijados para el pago del cálculo actuarial no constituyen autorizaciones para diferir indefinidamente el cumplimiento de la obligación, sino límites de vigencia técnica de la liquidación. Por ello, consideró que cualquier dilación prolonga injustificadamente el acceso del afiliado a la pensión.
En consecuencia, revocó la decisión que había declarado improcedente la tutela, concedió el amparo y ordenó a LATAM S.A. efectuar de inmediato el pago del cálculo actuarial. Asimismo, dispuso que Colpensiones actualice la historia laboral del accionante e impulse una decisión de fondo sobre su situación pensional con base en la información corregida.