
Fondos privados de pensiones anuncian retiro de cesantías para vivienda o reparación sin cobro de comisión.
Las Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías (AFP), Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia, anuncian que durante tres meses, septiembre, octubre y noviembre, no cobrarán la comisión de ley que suele aplicar sobre el retiro de las cesantías para compra, reparación o mejoramiento de vivienda.
- El beneficio aplica, durante tres meses, para los damnificados de las zonas afectadas por el sismo del 10 de agosto, que requieran retirar sus cesantías para reparación, mejoramiento o compra de vivienda.
- Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia disponen de oficinas y canales virtuales para agilizar las solicitudes.
- Los afiliados y sus familias también cuentan con el auxilio funerario de pensiones, sin costo adicional.
La medida busca que los recursos de ahorro de los trabajadores formales lleguen de forma más ágil y completa a quienes hoy enfrentan la tarea de reconstruir su hogar.
«Es momento de que todos apoyemos a los miles de colombianos afectados por esta tragedia. Seguimos de su lado, y qué mejor instrumento que el ahorro de las cesantías, que es de cada trabajador, para ayudarlo a levantar de nuevo su vivienda», aseguró Andrés Velasco, presidente de Asofondos.
¿Qué pasos seguir para retirar las cesantías?
- Solicitar por escrito al empleador la autorización para el retiro de las cesantías.
- Reunir los documentos de soporte para el retiro de cesantías que acrediten la condición de damnificado.
- Presentar la carta de autorización del empleador junto con los documentos ante el fondo de cesantías —Colfondos, Porvenir, Protección o Skandia— de forma presencial o a través de los canales virtuales habilitados.
- Una vez aprobada la solicitud, el fondo realiza el desembolso en los días siguientes, sin necesidad de intermediarios ni pago de comisión durante septiembre, octubre y noviembre.
Recordaron a los trabajadores que su sola afiliación al fondo de pensiones le da derecho a un seguro funerario.
¿Cómo opera el auxilio funerario?
- Se activa cuando fallece un afiliado o pensionado del fondo de pensiones.
- Puede reclamarlo la persona que asumió los gastos funerarios, sea o no familiar del fallecido.
- El monto equivale a entre 5 y 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes, calculado según el último ingreso base de cotización del afiliado o la última mesada del pensionado.
- Para solicitarlo se debe presentar: formulario de solicitud, registro civil de defunción, factura detallada de los gastos funerarios, documento de identidad del reclamante, certificación bancaria y, si aplica, autorización de los herederos.
- El trámite se realiza directamente ante el fondo de pensiones del fallecido, sin intermediarios ni costo alguno.
Según cifras de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), el terremoto dejó más de 134.000 viviendas averiadas y cerca de 29.500 destruidas en las zonas afectadas, lo que hace de suma importancia que los trabajadores conozcan estos mecanismos de protección.
Asofondos, de la mano de las administradoras, continúa trabajando de forma intensa en facilitar los trámites e incorporar beneficios que permitan a miles de afectados sobrellevar las consecuencias del terremoto. «Recuerden que los trámites para acceder a estas opciones no requieren de terceros, son completamente gratuitos y se gestionan directamente con cada administradora», precisó Velasco.
En caso de dudas, los afiliados pueden llamar o ingresar a la página web de su Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías.