Gobierno responde a propuesta de Abelardo De la Espriella sobre posesión fuera de Bogotá: Esta es la carta del equipo del presidente electo

La respuesta del Gobierno Petro

El equipo del presidente electo consultó formalmente si es posible trasladar la sede del Congreso para realizar la posesión presidencial del próximo 7 de agosto en una base militar fuera de Bogotá. La Casa de Nariño respondió que la ceremonia debe realizarse en el Capitolio Nacional, salvo que el propio Congreso decida cambiar su sede.

La posibilidad de que la posesión presidencial de Abelardo De la Espriella se realice fuera de Bogotá abrió un nuevo debate jurídico y político sobre el alcance de las facultades del Congreso de la República y el protocolo de transmisión de mando en Colombia.

La controversia surgió tras conocerse una comunicación enviada por el equipo de empalme del presidente electo a las secretarías generales del Senado y la Cámara de Representantes, en la que se solicitó un concepto institucional para determinar si es jurídicamente viable trasladar la sede del Congreso y realizar la ceremonia de posesión del 7 de agosto en un lugar distinto a la capital del país.

La solicitud fue firmada por Mariana Pacheco Montes, coordinadora del empalme del sector de Relaciones Exteriores, y está dirigida al secretario general del Senado, Diego Alejandro González González, y al secretario general de la Cámara, Jaime Luis Lacouture Peñaloza.

La consulta del equipo del presidente electo

En la comunicación, el equipo de De la Espriella explica que existe interés en evaluar la posibilidad de realizar la ceremonia fuera de Bogotá.

En el marco de la preparación del acto de transmisión de mando presidencial y posesión del señor Presidente Electo Abelardo de la Espriella, prevista para el 7 de agosto de 2026, y dado el interés del Gobierno Electo en evaluar la posibilidad de que la ceremonia de posesión se realice en un lugar distinto a la ciudad de Bogotá D.C., me dirijo respetuosamente a ustedes con el fin de solicitar el concepto institucional”, señala la carta.

El documento recuerda que la Constitución establece que el Presidente de la República toma posesión ante el Congreso, pero también menciona normas que permiten a esa corporación trasladar su sede mediante acuerdo entre ambas cámaras.

El artículo 192 de la Constitución Política establece que el Presidente de la República tomará posesión ante el Congreso de la República y el artículo 140 de la misma Carta, desarrollado por los artículos 9 y 33 de la Ley 5 de 1992, habilita al Congreso de la República para trasladar su sede a otro lugar mediante acuerdo entre las cámaras”, indica la solicitud.

Tres preguntas al Congreso

La carta plantea tres interrogantes específicos que buscan definir la viabilidad jurídica de un eventual traslado.

En primer lugar, el equipo del mandatario electo pidió aclarar si el Congreso tiene facultad para sesionar fuera de Bogotá con motivo de la posesión presidencial.

Confirmar si el Congreso de la República tiene la facultad de trasladar su sede fuera de la ciudad de Bogotá D.C. y si dicha facultad puede ejercerse para el acto de posesión del Presidente Electo”, señala uno de los apartes.

Asimismo, se solicitó precisar los requisitos de quórum que deberían cumplirse para una eventual decisión de ese tipo y el procedimiento que tendría que adelantarse para formalizar el traslado de la sede legislativa.

Entre los aspectos consultados se encuentran quién puede proponer el cambio de sede, qué mayorías serían necesarias para aprobarlo y cuál sería el plazo razonable para surtir el trámite antes del 7 de agosto.

La idea de una posesión en una guarnición militar

La consulta jurídica se conoció después de que el equipo de transición de De la Espriella solicitara apoyo logístico para visitar varias instalaciones militares del país con el fin de evaluar posibles escenarios para la ceremonia de transmisión de mando.

Según la comunicación, entre los lugares que se pretendían inspeccionar se encuentran la Vigésima Brigada en Popayán, el CACOM 7, el Cantón Militar Pichincha en Cali, la base militar de Tolemaida y la Compañía Antinarcóticos de Madrid (CAMAN), en Cundinamarca.

De acuerdo con la carta enviada al Gobierno Nacional, el propósito de esas visitas era estudiar alternativas debido a que “es decisión del Gobierno entrante tomar posesión en alguna de las mencionadas bases militares”.

La respuesta del Gobierno Petro

La Casa de Nariño respondió oficialmente a la consulta mediante una comunicación firmada por el jefe de Despacho Presidencial, José Raúl Moreno, en la que indicó que la tradición constitucional y las normas vigentes establecen que la ceremonia debe realizarse ante el Congreso reunido en el Capitolio Nacional.

En la respuesta, el Gobierno sostuvo que cualquier decisión relacionada con un eventual traslado de sede corresponde exclusivamente al Poder Legislativo.

La posesión presidencial debe realizarse ante el Congreso de la República reunido en el Capitolio Nacional, salvo que sea el propio Congreso, y no el Gobierno saliente ni el entrante, quien decida trasladar su sede”, manifestó la Presidencia.

La Casa de Nariño argumentó que tanto la Constitución Política como la Ley 5 de 1992 y el Decreto 770 de 1982 establecen que la sede ordinaria del Congreso se encuentra en Bogotá, razón por la cual cualquier modificación debe provenir de la propia corporación legislativa.

Además, precisó que la Jefatura de Despacho Presidencial carece de competencias para autorizar o gestionar un cambio de sede para la posesión.

La Jefatura de Despacho no tiene competencia para autorizar, avalar ni gestionar que la ceremonia de posesión se realice en una instalación militar o en cualquier sede distinta al Capitolio Nacional”, concluyó la respuesta oficial.

Una decisión que dependería del Congreso

La posición del Gobierno no cierra definitivamente la discusión, pero sí deja claro que la decisión no está en manos del Ejecutivo.

De acuerdo con la interpretación expuesta por la Presidencia, si el presidente electo desea realizar la ceremonia fuera de Bogotá deberá acudir al Congreso de la República y obtener una decisión formal de ambas cámaras que autorice el traslado temporal de la sede legislativa para la sesión solemne de posesión.

Hasta el momento, Abelardo De la Espriella no se ha pronunciado públicamente sobre la respuesta emitida por la Casa de Nariño ni ha informado si presentará una solicitud formal ante el nuevo Congreso, que comenzará funciones el próximo 20 de julio.

Mientras tanto, el debate jurídico continúa y mantiene abierta una pregunta inédita en la historia reciente del país: si la transmisión del mando presidencial podrá realizarse por primera vez fuera del Capitolio Nacional o si se mantendrá la tradición institucional que ha caracterizado las posesiones presidenciales en Colombia durante décadas.