Corte Constitucional legaliza el suicidio médicamente asistido

Según la Corte Constitucional el suicidio médicamente asistido no califica como delito.

Luego de revisar la solicitud presentada por el Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que solicitaba eliminar el artículo que penalizaba la inducción al suicidio por violar los derechos a tener una vida digna y el libre desarrollo de la personalidad el no permitir el procedimiento de asistencia médica como un deseo de los pacientes de terminar su propia vida de manera decente.

la Sala Plena de la Corte Constitucional con una votación de 6-3, legalizó el suicidio médicamente asistido en Colombia, como un mecanismo válido para acceder a la muerte digna en Colombia.

Para acceder al suicidio médicamente asistido, se deben cumplir una serie de condiciones y requerimientos: que el paciente tenga un diagnóstico médico de lesión corporal, padezca dolores intensos psíquicos que afecten considerablemente la calidad de vida y la de sus familiares, enfermedad incurable o de una extrema gravedad.

Según la corte para someterse a este procedimiento el paciente deberá manifestar de manera expresa su intención y  la asistencia la debe prestar un profesional de la salud.