Así fue el recorrido en una motocicleta de domiciliario de Ana Lucía González con José Rojas antes del crimen

“La niña fue elegida para causar un dolor permanente e irreparable” juez e enviar a la cárcel Shenner José Rojas ciudadano venezolano

Cámaras de seguridad captaron a Shenner José Rojas Lárez movilizándose en una motocicleta de domiciliario junto a Ana Lucía González, la niña de ocho años hallada muerta en una alcantarilla de Ciudad Bolívar. La Fiscalía sostiene que el crimen habría sido una retaliación contra la hermana de la menor.

Nuevos videos de cámaras de seguridad permitieron reconstruir parte de los movimientos de Shenner José Rojas Lárez, señalado por la Fiscalía como presunto responsable del feminicidio de Ana Lucía González, la niña de ocho años cuyo cuerpo fue encontrado el pasado 15 de septiembre en una alcantarilla del barrio Juan José Rondón, en la localidad de Ciudad Bolívar, sur de Bogotá.

Las imágenes, conocidas públicamente este 18 de septiembre, muestran a Rojas transportando a la menor como parrillera en una motocicleta con características de vehículo utilizado para servicios de domicilio. En los registros se observa una maleta de color naranja instalada en la parte posterior de la moto, mientras la niña aparece usando casco de seguridad.

Las grabaciones se convirtieron en una de las principales pruebas para rastrear los movimientos del hoy procesado y reconstruir las horas previas a la muerte de la menor.

Al momento de dictar medida de aseguramiento el juez manifestó respecto la violencia vicaría: “Instrumentalizó el cuerpo y la vida de la hermana de la menor, una niña de 8 años, para causarle un dolor que sería permanente e irreparable. La niña no tenía conflicto con él, no había nada entre él y ella, era el afecto más vulnerable de su expareja, y por eso fue elegida”

El recorrido captado por las cámaras

Según la información revelada por las autoridades y la reconstrucción presentada por la Fiscalía durante las audiencias judiciales, una de las cámaras registró a Rojas y a Ana Lucía ingresando al barrio Juan José Rondón hacia las 10:29 de la mañana.

Un segundo video, captado en el mismo sector a las 11:03 a. m., muestra al hombre transitando nuevamente por el lugar, pero esta vez sin la menor.

Para los investigadores, ese lapso de aproximadamente 34 minutos resulta fundamental dentro del proceso, pues se considera que durante ese intervalo se habría producido el crimen.

Otros registros de seguridad ubicaron al procesado en diferentes puntos de Mosquera y de la localidad de Fontibón, lugares que forman parte de la ruta reconstruida por los investigadores.

Lo que reveló la Fiscalía

Durante la audiencia de imputación, la Fiscalía presentó una cronología detallada de los hechos que, según la hipótesis del ente acusador, comenzaron el 14 de septiembre en una vivienda del municipio de Mosquera.

De acuerdo con el fiscal del caso, Rojas sostuvo una fuerte discusión con Rusmeiri González, quien era su pareja sentimental y además hermana de Ana Lucía.

La Fiscalía aseguró que durante el altercado el hombre actuó con violencia y causó daños dentro de la vivienda. Posteriormente, cuando la mujer salió en busca de ayuda y se dirigió a un CAI para denunciar la situación, el ahora capturado habría aprovechado ese momento para llevarse a la niña sin autorización.

La investigación señala que inicialmente trasladó a Ana Lucía a una vivienda ubicada en Fontibón. Un día después, según la línea investigativa, volvió a movilizarla hasta Ciudad Bolívar, donde presuntamente ocurrieron los hechos que terminaron con la muerte de la menor.

La hipótesis de violencia vicaria

Uno de los elementos más graves expuestos por la Fiscalía durante la audiencia fue la posible motivación del crimen.

El fiscal afirmó que los elementos recopilados apuntan a que el asesinato habría sido cometido como un acto de violencia vicaria, una modalidad de violencia de género en la que se agrede a los hijos o familiares cercanos de una mujer con el propósito de causarle daño emocional.

Según la tesis del ente investigador, el crimen habría constituido una forma de retaliación contra la hermana de la víctima, tras los conflictos existentes en la relación sentimental que mantenía con el procesado.

«La conducta habría sido ejecutada como una forma de venganza y represalia contra su compañera sentimental», señaló la Fiscalía durante la diligencia judicial.

“La niña fue elegida para causar un dolor permanente e irreparable”: juez sustentó medida de aseguramiento contra presunto feminicida de Ana Lucía

El duro pronunciamiento del juez sobre la violencia vicaria

Durante la audiencia de imposición de medida de aseguramiento, el juez de control de garantías realizó una de las intervenciones más contundentes del proceso al referirse a la hipótesis planteada por la Fiscalía sobre el móvil del crimen. Según expuso, los elementos recopilados hasta esta etapa de la investigación permiten inferir razonablemente que Ana Lucía González habría sido utilizada como instrumento para causar daño a su hermana, expareja sentimental del hoy procesado.

Al sustentar la decisión de enviarlo a un centro carcelario, el funcionario judicial señaló que el caso encajaría dentro de una de las manifestaciones más extremas de violencia basada en género.

“La hipótesis investigativa que este despacho valora provisionalmente, con el estándar de inferencia razonable exigido en esta sede, es el ejercicio de una forma de violencia de género de una crueldad extrema, que la doctrina y la jurisprudencia han denominado violencia vicaria”, afirmó el juez durante la diligencia.

El despacho explicó que este fenómeno ocurre cuando el agresor no dirige directamente el daño contra la mujer, sino que ataca a las personas que representan sus afectos más cercanos, con el propósito de ocasionarle un sufrimiento aún mayor.

“La violencia vicaria es aquella en la que el daño no se dirige directamente a la mujer, sino que se desplaza hacia personas, afectos o bienes que le son significativos, con el propósito de causarle un sufrimiento que, de otra forma, no podría infringirse con la misma intensidad”, sostuvo.

En su exposición, el juez reconstruyó la hipótesis presentada por la Fiscalía, según la cual los hechos se originaron el 14 de septiembre de 2026 en Mosquera, luego de una violenta discusión entre Shenner José Rojas Lárez y Luz González, hermana de la menor. Tras los daños ocasionados en la vivienda y las amenazas denunciadas por la familia, la mujer acudió a un CAI para solicitar ayuda de la Policía. Fue en ese lapso cuando el procesado habría aprovechado para llevarse a la niña en una motocicleta.

Las investigaciones permitieron establecer, mediante cámaras de seguridad y el seguimiento del recorrido del vehículo, que la menor fue trasladada desde el sector Porvenir Río, en Mosquera, hasta el barrio Casandra, en Fontibón. Posteriormente, al día siguiente, habría sido llevada al barrio Juan José Rondón, en Ciudad Bolívar, donde, según la Fiscalía, fue asesinada mediante asfixia.

Al referirse a la víctima, el juez destacó que no existía ningún conflicto entre la niña y el procesado, lo que reforzaría la hipótesis de una retaliación dirigida realmente contra la hermana de la menor.

“Instrumentalizó el cuerpo y la vida de la hermana de la menor, una niña de 8 años, para causarle un dolor que sería permanente e irreparable. La niña no tenía conflicto con él, no había nada entre él y ella, era el afecto más vulnerable de su expareja, y por eso fue elegida”, manifestó.

El funcionario judicial también insistió en que el análisis del caso debía hacerse bajo un enfoque de género, teniendo en cuenta los antecedentes de presunta violencia intrafamiliar relatados durante las audiencias y el impacto que este tipo de conductas tienen sobre las víctimas.

“La lectura con perspectiva de género no es un adorno retórico en este proceso, es un mandato de la jurisprudencia constitucional y de los estándares internacionales de derechos humanos que este despacho está obligado a aplicar”, expresó.

Tras valorar la gravedad de los hechos, la naturaleza de los delitos imputados y el riesgo para las víctimas y el proceso, el juez concluyó que era procedente imponer una medida de aseguramiento privativa de la libertad contra el ciudadano venezolano, quien continuará vinculado a la investigación por los delitos de feminicidio agravado y actos sexuales con menor de 14 años agravados, cargos que no aceptó durante la audiencia.

Presuntos antecedentes de abuso

Otro aspecto expuesto durante la audiencia fue que, según la investigación, Rojas habría abusado sexualmente de Ana Lucía en ocasiones anteriores cuando estuvo encargado de su cuidado.

Estos elementos llevaron a que la Fiscalía no solo le imputara el delito de feminicidio agravado, sino también el de actos sexuales con menor de 14 años agravado.

Las autoridades continúan recopilando evidencia física, testimonios y dictámenes forenses para robustecer el expediente judicial.

Intentó participar en la búsqueda

Las investigaciones también revelaron un hecho que ha generado conmoción entre los familiares y la opinión pública.

De acuerdo con información conocida durante el proceso, después de que el cuerpo de la menor fuera ocultado en una alcantarilla, el propio Rojas habría participado en las labores de búsqueda junto con familiares y allegados.

Las autoridades consideran que ese comportamiento haría parte de una estrategia para desviar sospechas mientras avanzaban las labores para localizar a la niña desaparecida.

Enviado a prisión

Tras evaluar los elementos presentados por la Fiscalía, un juez de control de garantías decidió imponer medida de aseguramiento privativa de la libertad contra Shenner José Rojas Lárez.

Durante la diligencia, el procesado fue imputado por los delitos de feminicidio agravado y actos sexuales con menor de 14 años agravado.

El hombre no aceptó los cargos.

Mientras avanza el proceso judicial, las autoridades continúan analizando videos, entrevistas y evidencia técnica para esclarecer completamente las circunstancias que rodearon la muerte de Ana Lucía González, un caso que ha generado indignación en Bogotá y en todo el país por la gravedad de los hechos y la corta edad de la víctima.