Niegan tutela de John Poulos acusado feminicidio de Valentina Trespalacios

El estadounidense dice que no entendió la traducción de las audiencias

John Poulos es acusado de asesinar a su novia Valentina Trespalacios

El Tribunal Superior de Bogotá negó la acción de tutela presentada por el apoderado John Nelson Poulos, en contra del Juzgado décimo penal del circuito por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales durantes las audiencias preliminares luego de su captura por el Asesinato de su novia la DJ Valentina Trespalacios.

El cuerpo de Valentina fue empacado dentro de una maleta y dejado en un contenedor de basura.

Según la demanda constitucional, en el marco del proceso  seguido en contra de John Nelson Poulos, por la presunta comisión de los delitos de feminicidio agravado en concurso heterogéneo y simultaneo con ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio.

el 17 de abril de 2023, el juzgado instaló audiencia de formulación de acusación, en la cual el defensor del encartado, presentó solicitud de nulidad por violación a garantías fundamentales.

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El abogado señaló que, en el acto de imputación, se transgredieron los derechos de defensa y al debido proceso de su prohijado, pues el contenido del acto de comunicación no fue claro, en la medida en que el implicado no comprende el idioma castellano y la traducción que se efectuó durante la audiencia aludida no fue adecuada.

El abogado solicitaba se invalidará todo lo actuado a partir de la providencia del 9 de mayo de 2023, proferida por el juzgado.

En la audiencia del 9 de mayo de 2023, el juez rechazó de plano la nulidad propuesta por la defensa “cuando pretendía engañar al juez haciéndole creer que su representado no había entendido el acto de formulación de imputación”.

En la diligencia se designó un perito para aclarar ese aspecto y a partir de lo informado por la profesional, se concluyó que el procesado entendió la imputación.

Además, precisó, en el acto de comunicación, el enjuiciado fue interrogado en varias oportunidades sobre su comprensión respecto de lo informado y en todo momento respondió de forma positiva y con esta petición pretendía dilatar la actuación procesal, la nulidad se rechazó de plano.

Además con esta tutela  no se cumple con el requisito de inmediatez, puesto que, han transcurrido más de 3 meses desde que se emitió el auto cuestionado.

El juzgado también solicitó que  se compulsen copias al apoderado del encausado por sus presuntas maniobras dilatorias.

En criterio del Tribunal de Bogotá no se configuró ningún defecto procedimental respecto de la decisión de 9 de mayo de 2023, mediante la cual se rechazó de plano la solicitud de nulidad elevada por el defensor de Poulos y por tal razón nego la acción de tutela interpuesta.