Hombres Trans y Personas No Binarias pueden aplicar a Licencias de Maternidad

La Corte Constitucional de Colombia declaró que los hombres trans y las personas no binarias tienen derecho a aplicar para licencias de maternidad durante la época del parto. Esta decisión se basa en un análisis detenido de las expresiones «trabajadora», «madre» y «mujer» presentes en el Código Sustantivo del Trabajo.

El razonamiento detrás de esta determinación radica en la presunta omisión legislativa de dichas expresiones, que podría excluir injustamente a los hombres trans y personas no binarias de los beneficios de la licencia de maternidad.

En Colombia la licencia de maternidad preparto es de una semana, ampliada a  una semana adicional por razones médicas y luego del parto la licencia es de 16 semanas remuneradas.

La Corte Constitucional, al abordar este asunto legal y las cuestiones de terminología en el Código del Trabajo, ha enfatizado la importancia de proteger los derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad y la dignidad humana, y cómo estos se reflejan en las experiencias de género.

Para el tribunal, la negación de igualdad y la privación del derecho a la seguridad social resultaban en la falta de prestaciones sociales para hombres trans y personas no binarias con capacidad de gestación. Esto generaba una exclusión injusta en el acceso a los servicios de salud.

Esta histórica decisión de la Corte Constitucional busca corregir una injusticia de larga data y garantizar que todos los individuos, independientemente de su identidad de género, tengan acceso a los beneficios de la licencia de maternidad y a la atención médica adecuada durante el proceso de gestación.