
La administración entrante elevó una consulta formal al Congreso de la República para determinar si existe viabilidad jurídica de trasladar temporalmente la sede legislativa y realizar la posesión presidencial del próximo 7 de agosto fuera de Bogotá. La iniciativa surge luego de que el abogado Abelardo De la Espriella manifestara su intención de asumir el cargo en una instalación militar.
La discusión sobre el lugar donde se realizará la posesión presidencial de Abelardo De la Espriella escaló este viernes a un nuevo escenario institucional. Tras la respuesta de la Casa de Nariño señalando que la ceremonia debe realizarse en el Capitolio Nacional salvo decisión expresa del Congreso, el equipo del presidente electo acudió directamente al Legislativo para consultar la viabilidad de trasladar la sede de la corporación y permitir que la investidura se lleve a cabo fuera de Bogotá.
La solicitud fue presentada ante las secretarías generales del Senado y de la Cámara de Representantes mediante una comunicación oficial relacionada con los preparativos de la ceremonia de transmisión de mando prevista para el 7 de agosto de 2026.
Según el documento, la inquietud surge porque el gobierno entrante está evaluando la realización del acto solemne en un lugar distinto a la capital del país.
“En el marco de la preparación del acto de transmisión de mando presidencial y posesión del señor Presidente Electo Abelardo de la Espriella, prevista para el 7 de agosto de 2026, y dado el interés del Gobierno Electo en evaluar la posibilidad de que la ceremonia de posesión se realice en un lugar distinto a la ciudad de Bogotá D.C., me dirijo respetuosamente a ustedes con el fin de solicitar el concepto institucional de esas Secretarías”, señala la carta.
La apuesta por una posesión en una base militar
La posibilidad de una posesión fuera de Bogotá comenzó a tomar fuerza durante las últimas semanas, cuando integrantes del equipo de empalme solicitaron apoyo para inspeccionar varias instalaciones militares del país que podrían servir como escenario para la ceremonia.
Entre las bases y guarniciones que serían objeto de evaluación se encuentran la Vigésima Brigada en Popayán, el Cantón Militar Pichincha en Cali, el Comando Aéreo de Combate No. 7 (CACOM 7), la base militar de Tolemaida y la Compañía Antinarcóticos de Madrid (CAMAN), en Cundinamarca.
La propuesta ha sido presentada como una alternativa para que el acto de posesión se lleve a cabo en una instalación militar en lugar del tradicional Capitolio Nacional, donde históricamente se han realizado las ceremonias de transmisión de mando en Colombia.
¿Puede el Congreso trasladar su sede?
El eje central de la consulta radica precisamente en determinar si el Congreso tiene facultades para sesionar fuera de Bogotá y si esa posibilidad puede aplicarse específicamente al acto de investidura presidencial.
En la comunicación enviada a los secretarios generales del Congreso, el equipo de De la Espriella recuerda que la Constitución establece que el presidente toma posesión ante el Congreso de la República, pero también cita disposiciones que permitirían el traslado de la sede del Legislativo.
“El artículo 192 de la Constitución Política establece que el Presidente de la República tomará posesión ante el Congreso de la República y el artículo 140 de la misma Carta, desarrollado por los artículos 9 y 33 de la Ley 5 de 1992, habilita al Congreso de la República para trasladar su sede a otro lugar mediante acuerdo entre las cámaras”, señala el documento.
Con base en esa interpretación, el equipo del presidente electo pidió una respuesta institucional sobre varios aspectos jurídicos y procedimentales. Cabe recordar que el nuevo congreso se posesiona este 20 de julio dos semanas antes.
Las tres preguntas que deberá responder el Congreso
La primera consulta busca establecer si existe realmente la facultad legal para sesionar fuera de la capital.
“Confirmar si el Congreso de la República tiene la facultad de trasladar su sede fuera de la ciudad de Bogotá D.C. y si dicha facultad puede ejercerse para el acto de posesión del Presidente Electo”, indica la petición.
La segunda inquietud está relacionada con el quórum requerido para adoptar una decisión de esa naturaleza y para realizar la ceremonia de posesión en una sede distinta a la habitual.
La tercera pregunta solicita una explicación detallada del procedimiento que debería seguir el Congreso para formalizar el traslado temporal de su sede.
La carta pide específicamente que se explique:
“El procedimiento previsto en el Reglamento del Congreso para proponer, debatir y formalizar el acuerdo entre el Senado de la República y la Cámara de Representantes que autorice el traslado de la sede del Congreso a un lugar distinto a la capital de la República”.
Asimismo, solicita que se precise quién puede presentar la propuesta, ante qué instancia debe tramitarse, qué mayorías y quórums serían necesarios para aprobarla, si debe discutirse en las dos cámaras por separado o en Congreso pleno y cuál sería el plazo mínimo para completar el trámite antes del próximo 7 de agosto.
La respuesta previa del Gobierno Petro
La nueva consulta se produce apenas horas después de que la Presidencia de la República respondiera formalmente al equipo del mandatario electo.
En la comunicación remitida por la Jefatura de Despacho Presidencial, el Gobierno sostuvo que la ceremonia de posesión debe realizarse ante el Congreso reunido en el Capitolio Nacional y que cualquier modificación de esa sede depende exclusivamente del Poder Legislativo.
“La posesión presidencial debe realizarse ante el Congreso de la República reunido en el Capitolio Nacional, salvo que sea el propio Congreso, y no el Gobierno saliente ni el entrante, quien decida trasladar su sede”, indicó la Casa de Nariño.
La Presidencia argumentó que ni el Gobierno actual ni el equipo del presidente electo tienen facultades para ordenar o autorizar un cambio de sede, por lo que cualquier decisión deberá provenir del Congreso una vez se instale la nueva legislatura el próximo 20 de julio.
Un debate con implicaciones políticas e institucionales
La posesión presidencial se ha convertido así en uno de los primeros temas de discusión entre la administración saliente y la entrante.
Mientras el equipo de Abelardo De la Espriella explora la posibilidad jurídica de realizar la ceremonia en una guarnición militar fuera de Bogotá, el Gobierno Nacional ha insistido en que la tradición constitucional y las normas vigentes establecen que el acto debe desarrollarse ante el Congreso en el Capitolio Nacional.
Ahora será el Legislativo el que deberá pronunciarse sobre las consultas formuladas por el presidente electo y definir si existe o no un mecanismo legal que permita trasladar temporalmente su sede para que la posesión del próximo 7 de agosto se realice fuera de la capital del país.