Corte Constitucional solicita regular los «vientres de alquiler»

Corte Constitucional solicita al gobierno presentar un proyecto de ley para regular la maternidad subrogada, y al Congreso  legislar para llenar el vacío legal en este tema.

La acción de tutela fue presentada por Mauricio en nombre propio y en representación de su hija Amalia en contra de Sanitas EPS, la sala Séptima de Revisión de tutelas de la Corte Constitucional, estudio este polémico caso donde el señor Mauricio solicita  el reconocimiento y pago de «licencia de paternidad por un tiempo equivalente al número de semanas que le es otorgado a las madres en la ley» para cuidar a su hija que había nacido mediante la figura de «gestación subrogada» y que, por ende, él es «padre único y cabeza de familia».

No obstante, la EPS únicamente le autorizó licencia de paternidad por 14 días. En consecuencia, el señor Mauricio presentó acción de tutela en contra de EPS Sanitas, para que le reconozcan las 18 semanas de licencia de maternidad.

Mauricio firmó un contrato con un centro médico de fertilidad para realizar la  fecundación in vitro con óvulos de una donante y alquiler de un vientre donde es implantado el embrión y donde la mujer luego de un acuerdo económico  llevará a término el embarazo , por lo que la mujer gestante no tendría  «ningún vínculo genético con la menor»; está figura en Colombia no está prohibida expresamente en la ley, por lo que se considera permitida.

Al momento de radicar la licencia de maternidad, por parte de Mauricio el sistema solo permite recon0cer al  género masculino automáticamente  15 días de licencia. el accionante insistió argumentando que era padre único y cabeza de familia.

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La tutela fue admitida por el Juzgado 51 Penal Municipal con función de control de garantías de Bogotá y en su decisión el juez negó el amparo a Mauricio, acogiendo los argumentos de la EPS al existir «déficit normativo» y no estar contemplada la maternidad subrogada. 

Por su parte, el alto tribunal decidió revocar proferida por el Juez 51 Penal municipal y en su lugar, conceder la protección de los derechos del señor Mauricio y de su hija Amalia, y ordenó a la EPS reconocer la extensión de la licencia de maternidad. 

Por lo anterior, la Corte Constitucional exhortó al Congreso para que legisle sobre la «maternidad subrogada»
tema que este se ha » rehusado sistemáticamente a legislar, a pesar de que la Corte Constitucional ha advertido, por lo menos en tres ocasiones, la necesidad de que lo haga. A su vez, si bien en el Congreso de la República han existido por lo menos dieciséis iniciativas legislativas orientadas a regular la materia desde 1998, todas han terminado en archivo. Este hecho evidencia la ausencia de voluntad del legislador colombiano de regular la figura de la «maternidad subrogada».

La Sala advierte que existe una imperiosa necesidad de que el Congreso de la República asuma el vacío legislativo que existe sobre la «maternidad subrogada» y proceda a legislar sobre la materia.

A su vez, teniendo en cuenta las complejidades éticas, jurídicas científicas y técnicas que involucra el asunto, la Sala también exhortó al Gobierno Nacional para que, en un término de máximo seis meses, presente un proyecto de ley ante el Congreso de la República que regule el «alquiler de vientres»