Consejo de Estado anuló la elección de Altus Baquero como Magistrado del Consejo Nacional Electoral

El Consejo de Estado, a través de su Sección Quinta, ha anulado la elección de Altus Baquero como magistrado del Consejo Nacional Electoral (CNE). Esta decisión se produce apenas un mes después de que Baquero hubiera regresado a su cargo tras una suspensión provisional impuesta por la Corte Constitucional. La anulación se basa en que Baquero no cumplía con la experiencia profesional requerida por la Constitución Política.

Altus Baquero fue elegido como magistrado del CNE, pero su elección fue impugnada mediante una demanda que alegaba que no cumplía con los 15 años de experiencia profesional exigidos por el artículo 232, numeral 4, de la Constitución. El Consejo de Estado revisó detalladamente desde cuándo debía contabilizarse esta experiencia y concluyó que debía empezar desde la obtención del título de abogado.

La Decisión del Consejo de Estado

Baquero obtuvo su título de abogado el 23 de agosto de 2007 y fue postulado al cargo el 17 de agosto de 2022, lo que resultó en una experiencia de catorce años, once meses y veinticuatro días, insuficiente para cumplir con los requisitos constitucionales. Este fue el argumento principal que llevó al Consejo de Estado a suspender provisionalmente a Baquero y, finalmente, a anular su elección.

La suspensión provisional de Baquero fue una medida cautelar adoptada por el Consejo de Estado mientras se estudiaba la demanda en su contra. Altus Baquero, en respuesta, interpuso una acción de tutela argumentando la vulneración de su derecho al trabajo. La Corte Constitucional ordenó su reintegro provisional, argumentando la necesidad de proteger sus derechos fundamentales.

La Sección Quinta analizó el cumplimiento de los requisitos legales y concluyó que la falta de los 15 años de experiencia profesional es una causal de nulidad del acto de elección. No se encontró evidencia de falsedad en los documentos presentados por Baquero, pero la insuficiencia en la experiencia profesional fue suficiente para anular su nombramiento.

Conclusión del Fallo

El Consejo de Estado, declaró la nulidad de la elección de Altus Baquero como magistrado del CNE, contenida en el acta del 30 de agosto de 2022 del Congreso de la República. Con esta decisión, el expediente quedó archivado una vez la providencia quedó en firme.

El primer supuesto de la norma inciso primero , el cual no puede erigirse como una infracción que pueda constituir una causal de nulidad del acto de elección, serefiere, específicamente, a un deber que tiene los nominadores de revocar elnombramiento efectuado a una persona, sin el lleno de requisitos legales. En estesentido, la norma no tiene que ver con el trámite regulado para la realización deun nombramiento o algún elemento de validez de la elección, sino de laconsecuencia que acarrea para quien profiere la designación, cuando se adviertaque ésta resulta contraria a derecho.En relación con el segundo aparte del precepto, lo que allí se contempla es unainhabilidad para ejercer funciones públicas a consecuencia de ocultar informacióno allegar documentación falsa que sirva de sustento a la hoja de vida, supuestosque no se advierten en el
sub examine
, pues, en el plenario no se allegó unaprueba que demuestre la presunta falsedad alegada por los demandantesrespecto de los documentos que sirvieron para soportar esta censura.En suma, no se advierte la configuración de vicio alguno en punto al alegadodesconocimiento del artículo 5º de la Ley 190 de 1995.
7. Conclusión
Acorde con los razonamientos expuestos en los numeral 6.2.2 y 6.2.3, la Salaconcluye que el acto de elección del Altus Alejandro Baquero Rueda comomagistrado del Consejo Nacional Electoral está incurso en las causales de nulidadcontempladas en los artículos 275.5 y 137

particularmente, infracción a normasuperior y falsa motivación

. Por consiguiente, este colegiado declarará la nulidaddel mismo.Con fundamento en lo expuesto, el Consejo de Estado, Sala de lo ContenciosoAdministrativo, Sección Quinta, administrando justicia en nombre de la Repúblicay por autoridad de la ley,
FALLA:PRIMERO: DECLARAR LA NULIDAD
de la elección del señor Altus AlejandroBaquero Rueda, como magistrado del Consejo Nacional Electoral, contenida enel acta del 30 de agosto de 2022 del Congreso de la República.

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