Tres presuntas víctimas renuncian a participar en el proceso penal contra Jorge Alfredo Vargas y rechazan representación de la Defensoría

Las tres mujeres comunicaron por escrito a la Fiscalía que no desean intervenir como víctimas dentro del proceso penal ni contar con representación judicial. Sin embargo, el delito de acoso sexual es de carácter oficioso y la investigación continúa porque no admite desistimiento.

Un nuevo giro tuvo este martes la investigación penal que adelanta la Fiscalía General de la Nación contra el periodista y presentador Jorge Alfredo Vargas, investigado por el presunto delito de acoso sexual.

Durante la reanudación de la audiencia de formulación de imputación, se conoció que tres de las cuatro mujeres que inicialmente figuraban como presuntas víctimas manifestaron de manera voluntaria su decisión de no participar en el proceso penal, rechazando además la representación jurídica que se solicitó a la Defensoría del Pueblo.

De acuerdo con la información conocida durante la diligencia judicial, las tres mujeres remitieron un correo electrónico a la Fiscalía en el que expresaron que no desean intervenir como víctimas dentro del proceso, solicitaron que la audiencia continuara siendo reservada y manifestaron que no querían ser representadas por la Defensoría del Pueblo.

Defensoría designó abogada pública

La Defensoría del Pueblo informó la designación de una nueva abogada para apoyar la actuación dentro del proceso judicial, pese a la decisión adoptada por las tres mujeres de rechazar esa representación.

Durante la audiencia, las fiscal informó ante la juez que las periodistas no aceptaban la representación de víctimas, que no querían intervenir en el juicio y que no deseaban contar con representación legal por parte de la Defensoría del Pueblo.

La investigación continúa porque el delito no admite desistimiento

Aunque las tres mujeres manifestaron su voluntad de no participar en el proceso, esa decisión no implica el archivo de la investigación.

El delito de acoso sexual, previsto en el Código Penal colombiano, no es querellable, sino que se investiga de oficio. Esto significa que no depende de la voluntad de la presunta víctima para que la acción penal continúe, razón por la cual la Fiscalía puede seguir adelante con el proceso aun cuando alguna de las denunciantes manifieste que no desea intervenir.

En consecuencia, la actuación judicial continuará bajo la dirección del ente acusador y si la fiscal del caso sobre estas personas ante la imposibilidad de investigar podría solicitar la preclusión del caso sobre las tres víctimas que han renunciado a su derecho de acudir al juicio y continuar el proceso frente a la víctima número 1.

Frente a las implicaciones jurídicas de la decisión adoptada por tres de las presuntas víctimas, el abogado penalista Francisco Bernate explicó que la actuación de la Fiscalía no necesariamente se ve limitada por su ausencia en el juicio. Según el jurista, el ente acusador podría acudir a los testimonios que fueron recaudados durante la etapa de investigación. «La Fiscalía también puede presentar en el juicio el testimonio adjunto con las declaraciones iniciales que fueron recibidas durante la investigación. Esas manifestaciones de las presuntas víctimas, practicadas en los meses previos a la imputación, pueden hacer parte del material probatorio que sustente el caso», señaló Bernate.

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Ana Bejarano no presentó el poder de una de las presuntas víctimas

Durante la diligencia también se presentó una situación relacionada con la representación de una de las denunciantes.

La abogada Ana Bejarano, quien intervino en representación de una de las presuntas víctimas, no presentó el poder correspondiente a la denominada «Víctima 1», argumentando que hacerlo implicaría revelar la identidad de su representada dentro de la actuación judicial.

La discusión se produjo en medio del debate sobre las medidas de protección adoptadas por el despacho judicial para preservar la identidad de las denunciantes.

La audiencia continúa bajo reserva

La audiencia de imputación permanece completamente reservada, luego de que la Juez 41 de Control de Garantías de Bogotá acogiera la solicitud presentada por la Fiscalía y una de las representantes de víctimas.

Con esa decisión, ni el público ni los medios de comunicación pueden acceder a la diligencia, al considerar la jueza que era necesario proteger la intimidad, la dignidad y los derechos fundamentales de las mujeres involucradas.

No obstante, durante la audiencia la funcionaria judicial determinó que, aunque la diligencia fuera privada, los nombres de las presuntas víctimas debían ser revelados dentro de la audiencia reservada, al tratarse de un escenario procesal cerrado al público.

¿Por qué es investigado Jorge Alfredo Vargas?

La investigación penal se originó a partir de las denuncias presentadas por cuatro mujeres que trabajaron en Caracol Televisión entre 2024 y 2026, quienes señalaron haber sido presuntamente víctimas de conductas de connotación sexual en el entorno laboral.

Según la Fiscalía, durante la investigación se han recopilado testimonios, conversaciones, mensajes y otros elementos materiales probatorios con el fin de establecer si el periodista habría incurrido en el delito de acoso sexual y si, presuntamente, utilizó su posición de poder dentro del medio de comunicación para realizar las conductas denunciadas.

La imputación de cargos no constituye una declaración de responsabilidad penal. Corresponde al acto procesal mediante el cual la Fiscalía comunica formalmente al investigado los hechos jurídicamente relevantes que le atribuye y el delito por el cual continúa la investigación.

Jorge Alfredo Vargas ha rechazado las imputaciones formuladas por la Fiscalía y mantiene la presunción de inocencia mientras avanza el proceso judicial.

El proceso sigue su curso

Pese a la decisión de tres de las cuatro presuntas víctimas de no intervenir en el proceso penal y de rechazar la representación de la Defensoría del Pueblo, la actuación judicial continúa porque se trata de un delito perseguible de oficio.

La audiencia de imputación permanece bajo estricta reserva por orden judicial.