Judicatura declara urgencia manifiesta tras el terremoto en Colombia: podrá contratar obras y sedes de manera directa

La medida tendrá una vigencia inicial de dos meses y busca atender los daños ocasionados en la infraestructura de la Rama Judicial. El terremoto de magnitud 7,4 ha dejado cerca de 300 muertos, miles de heridos y afectaciones en centenares de municipios del país.

El Consejo Superior de la Judicatura declaró la urgencia manifiesta por un periodo de dos meses, prorrogables, para atender las consecuencias que dejó en la Rama Judicial el devastador terremoto que sacudió a Colombia el pasado 10 de agosto.

La decisión quedó establecida en el Acuerdo PCSJA26-12569 del 14 de agosto de 2026 y permitirá adoptar medidas extraordinarias para contratar el suministro de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras necesarias para garantizar la continuidad de la administración de justicia.

La declaratoria se produce mientras Colombia continúa dimensionando los efectos del terremoto de magnitud 7,4, cuyo epicentro estuvo localizado en San José del Palmar, Chocó, y que provocó graves daños especialmente en el occidente y centro del país.

Terremoto deja cerca de 300 muertos y más de 4.000 heridos

Las cifras de la tragedia han cambiado durante los últimos días a medida que las autoridades consolidan y depuran los reportes procedentes de las regiones.

De acuerdo con uno de los balances más recientes atribuidos a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), con corte al 16 de agosto, la emergencia deja 289 personas fallecidas, 4.187 heridas y 143 desaparecidas.

Las autoridades han explicado que las variaciones frente a balances anteriores obedecen, entre otros factores, al proceso de verificación y eliminación de registros duplicados.

La dimensión territorial de la emergencia también es considerable. Los reportes oficiales difundidos durante el fin de semana indican afectaciones en 15 departamentos y alrededor de 448 municipios, mientras que el número de damnificados supera las 185.000 personas.

Entre las ciudades que han registrado los mayores impactos se encuentran Cali, Pereira, Manizales, Quibdó y Armenia, aunque los daños se extienden a numerosos municipios del centro y occidente colombiano.

El desastre también ha golpeado viviendas e infraestructura pública. Los balances conocidos hasta el momento dan cuenta de miles de viviendas destruidas o averiadas, además de daños en centros educativos, hospitales, vías, acueductos y otras instalaciones esenciales.

Judicatura podrá contratar directamente obras de emergencia

Ante este panorama, el Consejo Superior de la Judicatura autorizó a la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, en su condición de ordenadora del gasto, para realizar o delegar durante la vigencia de la urgencia manifiesta la contratación directa de los bienes, servicios y obras que resulten estrictamente necesarios.

Entre las intervenciones contempladas se encuentran el reforzamiento estructural y las obras de reparación y adecuación de sedes judiciales afectadas por el terremoto.

La autorización también comprende el arrendamiento de sedes alternas, el restablecimiento o adquisición de infraestructura tecnológica y de conectividad, así como el aseguramiento y traslado de expedientes y otros bienes de la Rama Judicial.

Igualmente podrán adoptarse medidas de seguridad para los servidores judiciales.

La autorización contempla incluso contrataciones que superen los 2.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre que estén directamente relacionadas con la emergencia.

“Entre ellos, reforzamiento estructural, obras de reparación y adecuación de sedes, arrendamiento de sedes alternas, restablecimiento y adquisición de infraestructura tecnológica y de conectividad, aseguramiento y traslado de expedientes y bienes, y medidas de seguridad para servidores judiciales, incluyendo contratación que supere los 2.000 salarios mínimos legales mensuales”, señala la decisión.

Contratos deberán estar relacionados directamente con los daños del terremoto

La Judicatura estableció, sin embargo, límites para evitar que la declaratoria extraordinaria sea utilizada para realizar contrataciones que no tengan relación con la emergencia.

Según el Acuerdo, cada contratación deberá tener una relación directa, inmediata y verificable con las circunstancias que llevaron a declarar la urgencia manifiesta.

Particularmente, cualquier obra que sea contratada bajo esta figura deberá contar previamente con los respectivos diagnósticos técnicos.

“Toda contratación de obra celebrada en el marco de la urgencia manifiesta deberá estar precedida de los diagnósticos técnicos necesarios que justifiquen la necesidad de la contratación y la justificación de la relación entre la contratación y los hechos que dieron lugar a la declaratoria de emergencia”, establece el Acuerdo.

Esto significa que antes de ordenar reparaciones, reforzamientos o intervenciones en los edificios judiciales deberán existir estudios que determinen los daños y sustenten la necesidad de las obras.

Podrán trasladarse recursos dentro del presupuesto de la Rama Judicial

Otra de las decisiones adoptadas permite realizar los traslados presupuestales internos que sean necesarios dentro del presupuesto de la Rama Judicial para cubrir los gastos derivados de la emergencia.

Estos movimientos deberán efectuarse previa expedición de los certificados de disponibilidad y registros presupuestales correspondientes y respetando las normas presupuestales vigentes.

La medida busca disponer rápidamente de recursos para recuperar sedes afectadas y evitar que los daños ocasionados por el terremoto paralicen durante largos periodos la prestación del servicio de justicia.

Advierten responsabilidades por uso irregular de la contratación

El Consejo Superior de la Judicatura también hizo una advertencia sobre las consecuencias que tendría utilizar indebidamente las facultades extraordinarias concedidas por la emergencia.

“El uso indebido de la contratación derivada de la urgencia manifiesta y la creación artificiosa de los hechos que conduzcan a su declaratoria, darán lugar a responsabilidades previstas en el ordenamiento jurídico”, indicó la Corporación.

La Judicatura recordó que estas conductas podrán generar las consecuencias establecidas en el artículo 43 de la Ley 80 de 1993, además de eventuales responsabilidades disciplinarias, fiscales, penales y administrativas.

Cuarto acuerdo expedido por la Judicatura después del terremoto

Este es el cuarto Acuerdo expedido por el Consejo Superior de la Judicatura como consecuencia del terremoto del 10 de agosto.

Las medidas adoptadas hasta ahora buscan atender a servidores judiciales y sus familias, recuperar y adecuar las instalaciones afectadas y mantener funcionando despachos, juzgados y tribunales en las regiones golpeadas por la emergencia.

La prioridad, según la Corporación, es garantizar la continuidad del servicio público de administración de justiciamientras avanzan las evaluaciones estructurales y la reconstrucción.

El terremoto del 10 de agosto se ha convertido en una de las emergencias sísmicas más graves de las últimas décadas en Colombia. Mientras continúan las labores de búsqueda, atención humanitaria y evaluación de daños, diferentes entidades del Estado han comenzado a adoptar medidas presupuestales y administrativas extraordinarias para enfrentar una reconstrucción que se extenderá durante los próximos meses.