Felipe Ríos exconcejal de Bogotá y los empresarios Carlos Ríos y Francisco Ríos fueron imputados por contrato con Transmilenio

El exconcejal Felipe Ríos y sus tíos Carlos Mario Ríos Velilla  y Francisco Ríos Velilla fueron imputados por el delito de violación al régimen legal o constitucional de inhabilidades e incompatibilidades, relacionado con un contrato con Recaudo Bogotá del servicio de Transmilenio.

Jaime Lombana, defensor del  exconcejal Felipe Ríos habia recusado a la fiscal Angélica Monsalve por sus declaraciones a medios de comunicación.

Según la Fiscalía el exconcejal debió declararse impedido, por los lasos familiares con miembros del Grupo Ríos Velilla quienes eran contratistas de la empresa Transmilenio para el periodo en el cual se desempeñó como concejal de la ciudad de Bogotá.

El penalista Jaime Lombana, defensor del exconcejal Felipe Ríos, presento recusación contra la fiscal del caso Angélica María Monsalve, por una supuesta imparcialidad en el proceso. La fiscal hace unas semanas denuncio que su traslado a la seccional Putumayo se debía a presiones por la investigación a la familia Ríos Velilla, en este escándalo fueron reveladas unas grabaciones donde la funcionaria hablaba con el Rector de la Universidad Sergio Arboleda Rodrigo Noguera y su hija Catalina Noguera.

Durante la audiencia se presentaron fuertes afirmaciones de Jaime Lombana, defensor del exconcejal Felipe Ríos contra la fiscal del caso Angelica Monsalve,  solicitando un control formal por parte del despacho en aplicación del principio de legalidad, al considerar que en este caso se presenta atipicidad.
De acuerdo al código de procedimiento la audiencia de imputación no tiene recursos ya que es un acto de sólo comunicación.

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«Pese a la solicitud formal de archivo presentada por la defensa técnica, mediante la cual se expuso de manera contundente las razones jurídicas por las cuales resulta imposible una formulación de imputación por el delito de violación del régimen legal o constitucional de inhabilidades e incompatibilidades artículo 408 del Código Penal, la Fiscalía se haya limitado a comunicar a la defensa su respuesta a través de una citación para audiencia de formulación de imputación sin entrar a valorar esos argumentos, que aunque no es su obligación legal, sumado a la actitud de la fiscal con la defensa, denota esa subjetividad por lo que le pedimos se retire para así asegurar la objetividad y transparencia en el ejercicio de la función», afirmó el defensor Lombana.