
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena de 28 años de prisión contra Santiago Uribe Vélez, hermano mayor del expresidente Álvaro Uribe, dentro del proceso conocido como el caso de “Los 12 Apóstoles”.
El alto tribunal dejó en firme la sentencia contra el hermano del expresidente Álvaro Uribe Vélez por los delitos de concierto para delinquir agravado y homicidio agravado.
La decisión ratifica el fallo emitido el 25 de noviembre de 2025 por el Tribunal Superior de Antioquia, que había condenado al ganadero por los delitos de concierto para delinquir agravado y homicidio agravado, en concurso de conductas consideradas de lesa humanidad.
El caso fue estudiado por la Corte Suprema en garantía de doble conformidad, luego de que Santiago Uribe fuera absuelto en primera instancia y posteriormente condenado en segunda instancia.
La ponencia estuvo a cargo del magistrado Gerson Chaverra Castro. La decisión contó con salvamentos parciales de los magistrados Gerardo Barbosa Castillo y José Joaquín Urbano Martínez.
Lo que resolvió la Corte
En la parte resolutiva, la Corte Suprema confirmó la sentencia del Tribunal Superior de Antioquia.
“En consecuencia, estando demostrado, en el grado de conocimiento requerido para emitir fallo de condena que, Santiago Uribe Vélez cometió los delitos de concierto para delinquir y homicidio, ambos agravados, bajo el contexto y las circunstancias expuestas en esta providencia, se impone la necesidad de confirmar la sentencia impugnada”, señaló el alto tribunal.
En el resuelve, la Corte indicó:
“Confirmar la sentencia proferida el 25 de noviembre de 2025 por el Tribunal Superior de Antioquia, mediante la cual condenó a Santiago Uribe Vélez como coautor penalmente responsable de concierto para delinquir agravado y homicidio agravado, como concurso de delitos de lesa humanidad”.
Con esta decisión, queda en firme la condena contra Santiago Uribe Vélez.
El caso de “Los 12 Apóstoles”
La investigación de la Fiscalía General de la Nación sostuvo que Santiago Uribe Vélez habría conformado y dirigido una estructura armada ilegal conocida como “Los 12 Apóstoles”, que operó en el norte de Antioquia durante la década de los noventa.
Según el expediente, el grupo habría ejecutado una campaña de “limpieza social” contra personas señaladas como presuntos auxiliadores de la guerrilla o consideradas “indeseables” por la organización criminal.
La Fiscalía ubicó como uno de los puntos de operación la hacienda La Carolina, propiedad de Santiago Uribe, en el municipio de Yarumal, Antioquia.
Uno de los hechos centrales del proceso fue el homicidio de Camilo Barrientos, conductor de un bus escalera que cubría la ruta entre Campamento y Yarumal. Barrientos fue asesinado por sicarios después de ser señalado por integrantes del grupo como supuesto colaborador de la guerrilla.
Los testimonios clave
Dentro del proceso fue determinante el testimonio del excomandante de Policía Juan Carlos Meneses, quien declaró desde Argentina en 2010 y vinculó a Santiago Uribe con la organización criminal.
El Tribunal Superior de Antioquia había señalado que “Santiago Uribe Vélez, en su condición de líder de esa agrupación criminal, se encargaba, junto con otras personas, de recabar información y definir sus potenciales víctimas”.
La Corte Suprema también desestimó varios cuestionamientos de la defensa contra testimonios como los de Alexander Amaya Vargas, Eunicio Alfonso Pineda Luján y Olguan de Jesús Agudelo Betancourt, al considerar que el Tribunal valoró adecuadamente esas declaraciones.
Qué pasará ahora
Con la confirmación de la Corte Suprema, la condena queda ejecutoriada y Santiago Uribe deberá cumplir la pena impuesta por la justicia.
El fallo también cierra la discusión sobre la impugnación especial presentada por la defensa, que buscaba tumbar la condena de segunda instancia.
La decisión se conoce pocos días antes de que venciera el término de prescripción del delito de concierto para delinquir, previsto para el 9 de junio. El expediente había llegado a la Sala Penal de la Corte Suprema el pasado 27 de marzo.
Al tratarse de un proceso adelantado bajo la Ley 600, o sistema penal inquisitivo, la Corte no estaba obligada a realizar audiencia pública para resolver la impugnación especial, sino que podía emitir directamente la sentencia.
El caso de “Los 12 Apóstoles” se convierte así en una de las decisiones judiciales más relevantes sobre estructuras paramilitares en Antioquia durante los años noventa