La Sala Plena de la Corte Constitucional finalizó la revisión del Decreto 1085 de 2023, mediante el cual se declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el departamento de La Guajira.
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La Sala Plena adoptó la siguiente decisión:
Primero. Declarar INEXEQUIBLE el Decreto Legislativo 1085 de 2 de julio de 2023, “[p]or medio del cual se declara el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el departamento de La Guajira”.
Segundo. Conceder EFECTOS DIFERIDOS a esta decisión por el término de un (1) año, contados a partir de la expedición del Decreto 1085 de 2 de julio de 2023, respecto de la amenaza de agravamiento de la crisis humanitaria por la menor disponibilidad de agua.
Tercero. Exhortar al Gobierno nacional y al Congreso de la República para que, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales ordinarias, adopten las medidas necesarias para superar la grave crisis humanitaria estructural que existe en el departamento de La Guajira constatada en la Sentencia T-302 de 2017 y, con ello, se garantice la efectividad de los derechos fundamentales de las personas que habitan en esa zona del país. Así mismo, para que fortalezcan las instituciones previstas en el ordenamiento jurídico con competencias en materia de cambio climático y le asignen los recursos que las circunstancias demanden.
La Corte Constitucional ha emitido una decisión respecto al Decreto 1085 de 2023, el cual declaró el estado de emergencia económica, social y ecológica en La Guajira. Esta medida fue adoptada por el Gobierno del presidente Gustavo Petro para abordar la grave crisis humanitaria que afecta al departamento debido a la falta de acceso a servicios básicos esenciales.
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Después de semanas de estudio y deliberación, la Sala Plena de la Corte Constitucional ha declarado como inexequible. Sin embargo, esta decisión no tendrá efecto inmediato, ya que se ha decidido diferir los efectos de la misma durante un período de un año, contado a partir de la expedición del mencionado el Decreto continuará vigente hasta el 2 de julio de 2024.
En la decisión de la Sentencia C-383 2023, con ponencia conjunta de la magistrada Diana Fajardo y el magistrado José Fernando Reyes, salvaron su voto las magistradas Natalia Ángel y Cristina Pardo y el magistrado Juan Carlos Cortés. Por su parte,el magistrado Jorge Enrique Ibáñez y la magistrada Paola Meneses aclararon su voto y el magistrado Alejandro Linares reservó su aclaración de voto.
Un efecto diferido, de acuerdo con jurisprudencia de la misma Corte, significa que el decreto no se caerá enseguida, sino que sigue vivo hasta el 2 de julio de 2024 (un año después de su expedición). En ese tiempo, la Corte revisa los demás decretos que salieron en el marco de la emergencia y se insta al Gobierno y Congreso adoptar medidas.
Vea aquí el análisis de la decisión de la Corte Constitucional con el abogado constitucionalista Dagoberto Charry:
La Corte Constitucional ha fundamentado esta decisión en la amenaza de agravamiento de la crisis humanitaria debido a la menor disponibilidad de agua en La Guajira.
Esta determinación de la Corte Constitucional establece un precedente para otros 11 decretos relacionados con la emergencia en La Guajira que también están pendientes de revisión. Estos decretos forman parte de las medidas adoptadas por el presidente Gustavo Petro para abordar la crisis humanitaria que afecta al departamento.
El Gobierno ha argumentado repetidamente que La Guajira enfrenta una crisis humanitaria que lleva años en desarrollo debido a la falta de acceso a servicios básicos vitales, especialmente afectando a la niñez Wayúu. Las medidas excepcionales propuestas buscaban garantizar la seguridad alimentaria y abordar los desafíos climáticos que enfrenta la región.
El Gobierno respaldó el Decreto, argumentando la existencia de una amenaza grave e inminente en cuanto al acceso al agua y saneamiento básico en La Guajira. Por su parte, el Ministerio de Salud hizo hincapié en las deficiencias en el sistema de atención médica y la necesidad de abordarlas de manera efectiva.
Sin embargo, la Procuraduría se opuso a la medida, argumentando que el Gobierno estaba utilizando la crisis para obtener facultades legislativas excepcionales y que debía cumplir con las órdenes previas de la Corte Constitucional y las políticas públicas diseñadas para abordar estas dificultades.