Petro responde al fallo de la Corte que tumbó la emergencia económica

El presidente Gustavo Petro reaccionó este jueves 9 de abril a la decisión de la Corte Constitucional que declaró inexequible el Decreto 1390 del 22 de diciembre de 2025, con el que su Gobierno había declarado el estado de emergencia económica, social y ecológica en todo el país. Durante un discurso en Quibdó, en el acto “A las plazas por las víctimas”, el mandatario cuestionó el fallo y lo relacionó con la falta de recursos para financiar la reparación integral a las víctimas del conflicto armado. 

La respuesta de Petro

En su intervención pública, Petro aseguró que la decisión del alto tribunal afecta la posibilidad de obtener recursos para atender obligaciones sociales del Estado, en especial las indemnizaciones a víctimas. “La sentencia de hoy de la Corte Constitucional tumbando la emergencia económica es contraria a esta sentencia de la Corte Constitucional que obligaba al Estado a indemnizar a las víctimas porque le está quitando los recursos. ¿Cómo vamos a conseguir 480 billones?”, dijo el jefe de Estado en Quibdó.

Horas después, el presidente publicó un mensaje en su cuenta oficial de X, en el que insistió en que la emergencia estaba justificada por el costo creciente de la deuda pública y responsabilizó al Congreso y al sector financiero por el deterioro fiscal. El mensaje completo fue el siguiente:

“**El hecho extraordinario era, en diciembre del 2025, el encarecimiento de la deuda que tendría que pagar el pueblo colombiano a los dueños del sistema financiero.

Pero ya no es extraordinario, al no aprobar la emergencia económica en enero, la corte constitución, dado que las comisiones del senado dirigidas por el senador Efraín Cepeda y su banda, hundieron los proyectos de ley de financiamiento del Estado, no se aprobó y se suspendió el decreto, lo sobreviviente ya se está produce ahora.

El encarecimiento de la deuda frena la idea de construir un estado social de derecho en Colombia y nos quiere es hundir en la desigualdad y la violencia como hizo el gobierno de Duque.

Este gobierno se para en la raya y no permitirá que ni un solo pobre, trabajador o trabajadora del campo o la ciudad ningún joven con ganas de estudiar, pague la crisis que provocan los dueños del sector financiero y sus amigos políticos en las instituciones del estado buscando más ganancias particulares.**”

Cómo votó la Corte

La decisión fue adoptada por la Sala Plena con una votación de seis magistrados a favor y dos en contra. Hubo salvamentos parciales de voto de los magistrados Vladimir Fernández Andrade y Héctor Carvajal Londoño, mientras que el magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar no participó en la decisión. El fallo confirmó la línea que ya había anticipado la Corte cuando suspendió provisionalmente el decreto a comienzos de 2026.

Los argumentos de la Corte para tumbar el decreto

La Corte concluyó que la declaratoria de emergencia no cumplía con los requisitos exigidos por la Constitución para activar facultades excepcionales del Ejecutivo. Según lo explicado por el magistrado ponente Carlos Camargo, siete de los ocho hechos invocados por el Gobierno no acreditaban el carácter sobreviniente, extraordinario e imprevisible requerido para este tipo de medidas. A juicio del tribunal, la mayoría de las circunstancias alegadas eran estructurales, persistentes y previsibles, por lo que debían atenderse con mecanismos ordinarios de política pública, fiscal y presupuestal.

Además, la Corte encontró que uno de los argumentos del Gobierno no superaba el juicio de identidad, al estar relacionado con un estado de excepción distinto. En el Auto 082 de 2026, con el que suspendió provisionalmente el decreto, el alto tribunal ya había advertido que no existía evidencia para considerar como extraordinario el hundimiento en el Congreso de los proyectos de ley de financiamiento para 2025 y 2026. La Corte sostuvo que ese tipo de derrotas legislativas hacen parte de las contingencias normales de una democracia presidencialista y no habilitan por sí solas un estado de excepción.

El contexto del decreto de emergencia

El Decreto 1390 de 2025 fue expedido por el Gobierno el 22 de diciembre de 2025 y declaró el estado de emergencia económica, social y ecológica por 30 días en todo el territorio nacional. El Ejecutivo argumentó entonces que enfrentaba una coyuntura fiscal crítica, con presiones de gasto, mayores necesidades de caja y un recaudo insuficiente tras el fracaso de iniciativas tributarias en el Congreso. El propósito era habilitar medidas extraordinarias para aumentar ingresos y obtener recursos por cerca de $11 billones, según reportes conocidos durante el debate público.

Al amparo de esa declaratoria, el Gobierno expidió decretos tributarios como el 1474 de 2025 y el 044 de 2026, que incluían aumentos de cargas para bancos, licores, compras en el exterior, hidrocarburos, juegos de azar, patrimonio, bienes de lujo y generación de energía. Tras la caída del decreto “madre”, esas medidas quedaron sin piso inmediato y continúan sin producir efectos mientras la Corte adopta decisiones definitivas sobre su constitucionalidad.

Lo que no cambia

La decisión de la Corte sobre la emergencia de diciembre de 2025 no afecta la otra emergencia económica decretada por el Gobierno el 11 de febrero de 2026 para atender la crisis provocada por la ola invernal en varios departamentos. Ese expediente sigue en estudio y tiene un trámite independiente.