Nueve artículos vuelven al Congreso: qué deberá discutir la Cámara y cuáles son los cambios clave de la reforma pensional

Aunque la Corte Constitucional dejó viva la reforma pensional, la Cámara de Representantes tendrá un mes para corregir errores de trámite en nueve artículos antes de que el alto tribunal emita la última revisión.

La reforma pensional aún tiene una parada obligatoria en el Congreso de la República. La Corte Constitucional ordenó devolver nueve artículos a la Cámara de Representantes para subsanar vicios de procedimiento, una decisión que obligará a los congresistas a reabrir parcialmente el debate de una de las leyes más importantes de los últimos años.

A diferencia de lo ocurrido en 2025, cuando la Corte ordenó revisar aspectos mucho más amplios del trámite legislativo, esta vez los magistrados dejaron intacto el corazón de la iniciativa y circunscribieron la revisión a un grupo reducido de disposiciones específicas.

¿Qué deberá hacer la Cámara?

Una vez la sentencia sea notificada oficialmente, la Cámara dispondrá de 30 días para debatir nuevamente los nueve artículos observados por la Corte.

El objetivo será estudiar proposiciones que, según el alto tribunal, no fueron discutidas adecuadamente durante el trámite legislativo. Tras esa revisión, el presidente de la Cámara deberá remitir un informe a la Corte Constitucional, que verificará si los vicios fueron corregidos.

Si la Corte considera que se cumplieron sus órdenes, la totalidad de la reforma continuará vigente para entrar en operación el 1 de abril de 2027.

Los artículos que están nuevamente en discusión

Entre los temas que deberán ser revisados aparecen aspectos relevantes para la operación futura del sistema:

  • Reglas sobre el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo administrado por el Banco de la República.
  • Normas relacionadas con el manejo e inversión de recursos.
  • Aspectos asociados al cálculo de prestaciones dentro del nuevo modelo.
  • Beneficio para mujeres mediante reducción de semanas por hijos nacidos o adoptados.
  • Trato diferencial para comunidades indígenas, afrocolombianas, negras, raizales, palenqueras y campesinas.

¿Puede cambiar la esencia de la reforma?

La respuesta, por ahora, es no.

La Corte dejó vigentes los elementos estructurales del sistema y los propios sectores críticos reconocen que los aspectos centrales ya fueron avalados por el alto tribunal.

Esto significa que permanecen intactos:

Pilar Solidario

Garantizará una transferencia económica para adultos mayores en condición de pobreza que nunca lograron pensionarse.

Pilar Semicontributivo

Beneficiará a quienes alcanzan la edad de retiro sin completar las semanas requeridas.

Pilar Contributivo

Los trabajadores aportarán hasta 2,3 salarios mínimos en Colpensiones y el excedente continuará en fondos privados.

Régimen de transición

Las mujeres con más de 750 semanas y los hombres con más de 900 seguirán bajo las reglas actuales para pensionarse.

Ventana de oportunidad

Los traslados realizados entre fondos privados y Colpensiones mantienen plena validez jurídica.

¿Habrá nuevas modificaciones?

Existe la posibilidad de que durante la discusión algunos congresistas presenten nuevas proposiciones. Si estas llegan a ser aprobadas y modifican lo existente, podría abrirse un proceso de conciliación entre Cámara y Senado antes de que la Corte vuelva a revisar el texto.

Sin embargo, analistas y congresistas coinciden en que el margen para alterar el contenido esencial de la reforma es muy reducido, dado que la Corte ya dio luz verde a los ejes fundamentales del sistema.

En la práctica, el país está frente a una reforma pensional que ya superó su principal examen constitucional. Lo que viene ahora es una discusión técnica y procedimental para ajustar nueve artículos específicos, mientras el Gobierno y las entidades del sector preparan la implementación del nuevo modelo que cambiará el sistema de jubilación colombiano a partir de abril de 2027.