Comisiones escrutadoras determinarán la validez de los votos de candidatos cuya inscripción fue revocada por el CNE

Comisiones escrutadoras determinarán la validez de los votos depositados a favor de candidatos cuya inscripción fue revocada por el CNE

Varios candidatos a los cuales el Consejo Nacional Electoral (CNE) les ha revocado su inscripción aparecerán en las tarjetas electorales de las elecciones territoriales 2023, teniendo en cuenta que dicha decisión se dio con posterioridad a la fecha de impresión.

La Registraduría Nacional  anunció que 38.965.515 ciudadanos están habilitados para votar en dichos comicios.

Con el fin de aclarar la forma de contabilizar los votos por estos candidatos a los cuales les fue revocada su inscripción la Registraduría realizó las siguientes claridades.

«Los jurados de votación contabilizarán los votos que los ciudadanos llegaran a depositar a favor de los candidatos a quienes el CNE les ha revocado su inscripción, a nombre de estos, y consignarán los resultados en las actas de escrutinio (formulario E-14).

La Registraduría Nacional del Estado Civil informa que en las tarjetas electorales de las elecciones territoriales del próximo domingo, 29 de octubre, aparecerán varios candidatos a los cuales el Consejo Nacional Electoral (CNE) les ha revocado su inscripción, teniendo en cuenta que dicha decisión se dio con posterioridad a la fecha de impresión.

La entidad aclara que, durante el proceso de escrutinio de mesa, los jurados de votación contabilizarán los votos que los ciudadanos llegaran a depositar a favor de los candidatos a quienes el CNE les ha revocado su inscripción, a nombre de dichos candidatos, y consignarán los resultados en las actas de escrutinio (formulario E-14), pero serán las comisiones escrutadoras las que determinen la validez de dichos votos, de acuerdo con las instrucciones impartidas por el CNE en la circular No. 002 del 24 de octubre de 2023.

El CNE es la máxima autoridad administrativa en materia de escrutinios, de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo del artículo 237 de la Constitución Política, indicando si es procedente o no dar aplicación a su doctrina contenida en el concepto con radicado 3432 del 13 de marzo de 2018, en el sentido de que los votos de candidatos revocados no serán válidos.

Es de advertir que a los ciudadanos que prestarán su servicio como jurados de votación el próximo domingo, la Registraduría Nacional les ha impartido la instrucción, durante las jornadas de capacitación, de contabilizar y consignar los mencionados resultados, de acuerdo con el procedimiento antes descrito.

De los 831 913 ciudadanos que fueron designados como jurados de votación para las elecciones territoriales 2023, a la fecha alrededor del 60 % ha recibido capacitación. Es de resaltar que los jurados de votación están siendo capacitados de manera presencial y virtual para desempeñar de manera exitosa su función».

Si usted fue elegido jurado puede ver el siguiente video: