La Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) modificó las condiciones de la concesión de agua otorgada a Industria Nacional de Gaseosas S.A.S. (Indega), embotelladora vinculada a Coca-Cola, en el municipio de La Calera.
La autoridad ambiental redujo el caudal autorizado, acortó el tiempo de concesión y reforzó obligaciones ambientales. La decisión se basa en estudios técnicos que advierten riesgos futuros en la disponibilidad del recurso hídrico.
La decisión, contenida en la Resolución 347 de 2026 y anunciada el 15 de abril, niega la prórroga para el uso de tres de los siete manantiales que explotaba la empresa y establece nuevas restricciones sobre los puntos restantes, en medio de un contexto de preocupación por la disponibilidad futura del recurso hídrico.
Reducción de manantiales y caudal autorizado
De acuerdo con la resolución, la empresa ya no podrá utilizar los pozos 5, 6 y 7, ubicados en el predio Los Cerritos, en la vereda Santa Helena. En contraste, la CAR autorizó la continuidad del aprovechamiento en los pozos 1, 2, 3 y 4, localizados en el predio San José.
Como resultado, el volumen de captación fue reducido de 3,2 litros por segundo a 1,9 litros por segundo, lo que representa una disminución cercana al 42 % del total autorizado previamente.
Adicionalmente, la autoridad ambiental redujo el tiempo de la concesión de 10 a 5 años, condicionando su continuidad al cumplimiento de nuevas exigencias técnicas y ambientales.
Razones técnicas: riesgo futuro y cambio climático
Según explicó el director de la CAR, Alfred Ballesteros, la decisión responde exclusivamente a criterios técnicos basados en estudios de balance hídrico y proyecciones climáticas.
La entidad concluyó que, aunque no se evidenció una afectación directa actual al abastecimiento de agua para las comunidades, sí existe un riesgo a futuro debido a la variabilidad climática.
Los análisis incorporaron escenarios históricos, secos y lluviosos, así como proyecciones que advierten una posible reducción de hasta el 23 % en la oferta hídrica de la cuenca del río Bogotá en el mediano plazo, según estudios académicos citados en la evaluación.
En ese contexto, la CAR adoptó un enfoque preventivo. “Nuestro deber como autoridad ambiental es prever los escenarios futuros asociados a los efectos del cambio climático”, señaló Ballesteros.
Prioridad del agua para consumo humano
Uno de los ejes centrales de la decisión es la prioridad del uso del agua para consumo humano. La CAR reiteró que la normativa colombiana establece que este uso debe prevalecer sobre actividades productivas.
En ese sentido, la entidad indicó que solo los excedentes del recurso hídrico pueden destinarse a usos industriales, como el de la embotelladora.
La medida busca evitar posibles conflictos socioambientales derivados de una eventual escasez. Según la CAR, otorgar concesiones sin considerar el impacto del cambio climático podría agravar tensiones sociales e incluso generar problemas de orden público.
Monitoreo estricto y control en tiempo real
La resolución establece un esquema de vigilancia reforzada sobre los manantiales autorizados. La empresa deberá instalar sistemas de medición en tiempo real para registrar el caudal extraído y reportarlo a la Red Hidrometeorológica de la CAR.
Además, se exigió la implementación de una estación hidrometeorológica con transmisión de datos por telemetría.
La autoridad advirtió que cualquier incumplimiento podrá derivar en la revocatoria de la concesión.
También se estableció que, en caso de eventos como sequías, contaminación o desastres naturales, la captación deberá suspenderse de forma inmediata.
Nuevas obligaciones ambientales
La CAR impuso un conjunto de medidas de compensación ambiental obligatorias para la empresa. Entre ellas se destacan:
- Adquisición de 53,4 hectáreas en ecosistemas de páramo y bosque altoandino para su conservación.
- Programas de restauración ecológica con especies nativas.
- Implementación de un sistema alternativo de abastecimiento de agua para el acueducto de La Calera, utilizando los manantiales no prorrogados.
Asimismo, la compañía deberá desarrollar programas de educación ambiental, participación comunitaria y monitoreo de fauna, incluyendo la instalación de cámaras trampa en zonas boscosas.
Según la CAR, estas obligaciones no son negociables, sino impuestas con base en criterios técnicos.
Debate sobre el uso del agua y tarifas
Durante la presentación de la decisión, el director de la CAR también cuestionó el esquema actual de cobro por uso del agua en Colombia, señalando que las tarifas son bajas y no reflejan el valor real del recurso ni los costos de su gestión ambiental.
Este planteamiento abre un debate más amplio sobre la necesidad de reformar los instrumentos económicos relacionados con los recursos naturales, especialmente en un contexto de creciente presión sobre las fuentes hídricas.
Autonomía de la decisión y contexto del caso
La CAR aclaró que la medida fue adoptada de manera autónoma y negó cualquier injerencia del Gobierno nacional o del presidente Gustavo Petro.
El caso ha generado debate público desde 2025, cuando se inició la evaluación de la prórroga de la concesión, en medio de cuestionamientos sobre el uso industrial del agua en zonas de importancia ambiental.
Estado actual
Con la entrada en vigor de la Resolución 347 de 2026, Indega deberá operar bajo condiciones más restrictivas, con menor acceso al recurso hídrico, mayor control institucional y nuevas obligaciones ambientales.
La decisión no implica el cierre de operaciones, pero sí redefine el alcance de la concesión bajo un enfoque preventivo, orientado a garantizar la sostenibilidad del recurso y la prioridad del abastecimiento humano.
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