Qué es el escrache y por qué ese concepto quedó en el centro del caso entre Lina Castillo y Hollman Morris

El caso entre Lina Marcela Castillo y Hollman Morris volvió a ocupar un lugar central en el debate público y judicial luego de que la fiscal general de la Nación, Luz Adriana Camargo, decidiera cambiar la asignación del proceso que se sigue contra Castillo por los delitos de injuria y calumnia. La decisión no solo movió el expediente de una fiscalía seccional a una delegada ante la Corte Suprema, sino que puso en primer plano una palabra que en los últimos años ha ganado peso en las discusiones sobre violencia de género: escrache.

En términos generales, el escrache es una denuncia pública contra una persona para exponer hechos considerados graves, como violencia de género, acoso, abuso o abuso de poder. Puede hacerse en redes sociales, medios de comunicación, espacios públicos o actos colectivos, con el objetivo de visibilizar una conducta, advertir a otras personas o presionar una respuesta institucional o social. En lo más simple, es cuando alguien decide decir en público: “esto me pasó y quiero que se sepa”.

Ese concepto quedó en el centro del expediente porque, según lo reseñado en el caso, Lina Marcela Castillo denunció públicamente el 28 de enero de 2019 que el entonces concejal Hollman Morris la había acosado sexual y laboralmente. De acuerdo con el relato citado en el proceso, Castillo afirmó en medios de comunicación que, además de comentarios por la forma de vestir, Morris le pidió que se sentara a su lado y le tomó las piernas. A partir de esas declaraciones, Morris respondió con una denuncia penal contra ella, al considerar que las afirmaciones eran difamatorias y lesionaban su buen nombre.

La consecuencia jurídica de esa respuesta fue que la Fiscalía terminó investigando a Castillo por injuria y calumnia. El expediente quedó inicialmente en la Fiscalía Seccional de Bogotá, que presentó escrito de acusación el 10 de marzo de 2023. Más adelante, durante el juicio, la defensa de Castillo pidió la preclusión parcial de la investigación, argumentando que la acusada ya se había retractado y que incluso, según sostuvo, una camioneta de seguridad de Morris la atropelló en 2019. Esa solicitud no prosperó, y el juicio siguió su curso.

La discusión tomó un nuevo rumbo cuando centenares de mujeres periodistas expresaron públicamente su preocupación por el caso y pidieron una nueva valoración del expediente. En medio de esa presión, la fiscal general decidió intervenir y cambiar el fiscal a cargo del juicio contra Castillo. Desde entonces, el proceso dejó de estar en manos de la Fiscalía Seccional de Bogotá y pasó a la Fiscalía Tercera Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, con la instrucción de abordar el caso bajo una perspectiva de violencias basadas en género.

La decisión de Camargo estuvo acompañada de una explicación de fondo sobre el alcance del escrache. Según quedó consignado en la justificación reseñada del caso, la fiscal general reconoció que el origen de la actuación penal no puede separarse de las denuncias previas hechas por la propia Castillo sobre presuntas conductas de acoso sexual y laboral en su contra. También sostuvo que el escrache ha sido reconocido por la Corte Constitucional como un ejercicio legítimo de la libertad de expresión en contextos de violencia basada en género.

Camargo fue más allá al explicar el deber que, a su juicio, tiene la Fiscalía en procesos de esta naturaleza. Señaló que cuando el presunto agresor denuncia a la víctima por injuria o calumnia, la actuación penal debe evaluarse con enfoque de género, para evitar que tenga un efecto “silenciador” sobre las víctimas y para impedir que se presuma de manera automática la intención de afectar la honra del denunciado, cuando la mujer pudo haber actuado como parte de un mecanismo legítimo de resistencia y autoprotección.

Uno de los argumentos centrales de la fiscal general fue que, al revisar el expediente, se encontró que la investigación se había concentrado exclusivamente en la denuncia formulada por Morris contra Castillo, pero nunca abordó de fondo la denuncia pública hecha por ella sobre presuntos actos de acoso laboral y sexual. Desde esa perspectiva, Camargo concluyó que era necesario variar la asignación del caso para asegurar que la respuesta institucional fuera coherente con la aplicación del enfoque de género y con la protección reforzada que la jurisprudencia constitucional reconoce en este tipo de situaciones.

Así, el caso quedó convertido en algo más que un pleito penal por injuria y calumnia. Hoy también es un expediente que reabre la discusión sobre los límites entre la libertad de expresión, el derecho a denunciar públicamente violencias de género, la protección del buen nombre y el deber del Estado de evitar que una denuncia penal termine desincentivando a otras víctimas a hablar. En esa tensión se mueve el debate sobre el escrache: si fue un acto legítimo de denuncia y autoprotección o si cruzó hacia afirmaciones que podrían comprometer la responsabilidad de quien las hizo.