La Fiscalía General de la Nación anunció una serie de decisiones relacionadas con denuncias de presunto acoso sexual en escenarios laborales con ocasión de las denuncias en un medio de comunicación y, de manera específica, informó la variación de la asignación del proceso por injuria y calumnia que cursa contra la periodista Lina Marcela Castillo Nisperuza, denunciada por Hollman Felipe Morris Rincón, actual director de RTVC.
La decisión fue divulgada en un comunicado oficial emitido en Bogotá, en el que el ente acusador señaló que actuó “en atención a las denuncias en redes sociales y diversos medios de comunicación sobre acoso sexual en ámbitos laborales, surgidas durante los últimos días a partir del comunicado y las medidas adoptadas por una importante cadena de televisión del país”.
En ese contexto, la Fiscalía dispuso en primer lugar “habilitar el correo electrónico denuncia.acoso@fiscalia.gov.copara recibir las denuncias, dirigir y coordinar las investigaciones a que haya lugar con enfoque de género, con el propósito de brindar plenas garantías de protección a las víctimas, preservando sus derechos fundamentales y evitando su revictimización”.
Además, el organismo informó que decidió “abrir iniciativa investigativa respecto a las denuncias reveladas por la mencionada cadena de televisión contra ‘dos periodistas y presentadores por presunto acoso sexual’”.
La medida se conoce después de que desde la semana pasada el Canal Caracol emitiera un comunicado y luego comenzaran a circular en redes sociales denuncias de periodistas contra dos presentadores de Noticias Caracol. El sábado, el director de Noticias Caracol, Juan Roberto Vargas, publicó un pronunciamiento en el que aseguró que el medio no sería “juez” pero tampoco “espectador”, al referirse a la activación de protocolos internos y a la suspensión de dos de sus periodistas mientras avanzan las verificaciones del caso.
Cambio de fiscal en el proceso contra Lina Castillo
Junto con las decisiones generales sobre denuncias de acoso, la Fiscalía confirmó una variación puntual en el expediente que involucra a la periodista Lina Marcela Castillo Nisperuza. En su comunicado, la entidad indicó que “la Fiscal General de la Nación varió la asignación del conocimiento de la acusación que cursa, por injuria y calumnia, contra la señora Lina Marcela Castillo Nisperuza, para que la Fiscalía Tercera Delegada ante la Corte Suprema de Justicia adopte en este proceso lineamientos de abordaje de casos relacionados con posibles denuncias públicas en contextos de violencias basadas en género”.
El documento recuerda además que “contra la señora Lina Castillo, la Fiscalía Seccional de Bogotá había presentado escrito de acusación hace tres años (el 10 de marzo de 2023)” y agrega que “el pasado 18 de marzo, un juzgado de conocimiento rechazó la preclusión de la investigación presentada por la defensa, decisión que fue apelada”.
Finalmente, la entidad precisó que “por asignación especial, el conocimiento del caso pasa ahora a la Fiscalía Tercera Delegada ante la Corte Suprema de Justicia”.
Lo que dice la resolución firmada por la fiscal general
La decisión quedó formalizada en la Resolución No. 0-0061 del 23 de marzo de 2026, firmada por la fiscal general Luz Adriana Camargo Garzón, titulada: “Por la cual se varía la asignación de una actuación penal y se asigna especialmente su conocimiento”.
En la parte de antecedentes, la resolución señala que la Fiscalía 251 Local de Bogotá adelanta la indagación 110016000050201906645, originada en una denuncia interpuesta por Hollman Felipe Morris Rincón contra Lina Marcela Castillo Nisperuza por los delitos de injuria y calumnia. Según el texto, la denuncia está relacionada con afirmaciones hechas por Castillo en 2019, difundidas en medios de comunicación, en las que hizo referencia a “acciones violentas, acoso laboral y sexual perpetrados por Hollman Felipe Morris Rincón en contra de las mujeres de su equipo de trabajo”. El documento agrega que Morris sostiene que esas afirmaciones son difamatorias y afectan su buen nombre.
La resolución también indica que el 8 de marzo de 2023 la Fiscalía 251 Local corrió traslado del escrito de acusación contra Lina Castillo por injuria y calumnia agravados y que la audiencia concentrada se realizó el 4 de diciembre de 2025. Posteriormente, en la audiencia de juicio oral, la defensa de Castillo solicitó la preclusión parcial de la investigación, al señalar que la procesada se retractó de afirmaciones hechas en 2019, incluidas unas en las que aseguró que una camioneta de seguridad de Hollman Morris la atropelló y le generó una incapacidad de 15 días. Esa solicitud, según la resolución, fue negada por el juez de conocimiento.
Enfoque de género y contexto de las denuncias públicas
En la parte considerativa, la Fiscalía expone por qué decidió mover el caso a otra delegada. Allí señala que “algunos canales de comunicación y opinión pública han difundido las particularidades del proceso que se sigue contra la ciudadana Lina Marcela Castillo Nisperuza por los delitos de injuria y calumnia” y que esas revelaciones permitieron identificar que el origen de la actuación penal está relacionado con denuncias previas hechas por ella sobre presuntas conductas de acoso sexual y laboral.
La resolución recuerda que el “escrache” ha sido reconocido por la Corte Constitucional, en sentencias como la T-275 de 2021 y la T-061 de 2022, como un ejercicio legítimo de la libertad de expresión, consistente en manifestaciones individuales o colectivas en escenarios públicos, redes sociales o medios de comunicación, donde especialmente mujeres denuncian a una persona por presuntas violencias basadas en género o violencia sexual como mecanismo para visibilizar esas agresiones.
En esa misma línea, la Fiscalía sostiene que la jurisprudencia constitucional ha señalado que, en casos de este tipo, la entidad tiene un deber especial de investigar con oficiosidad, enfoque de género, protección reforzada y debida diligencia. Añade además que cuando el presunto agresor denuncia a la víctima por injuria o calumnia, la Fiscalía debe evaluar esa denuncia con enfoque de género para evitar un efecto “silenciador” sobre las víctimas y prevenir su revictimización.
El documento también advierte que, aunque la Fiscalía ha realizado capacitaciones a fiscales seccionales en perspectiva de género, los casos que involucran violencias contra las mujeres, especialmente en contextos de asimetría de poder y jerarquía laboral, exigen “mayor rigurosidad analítica” y la aplicación de enfoques de interseccionalidad.
Por qué se reasignó el expediente
Uno de los apartes centrales de la resolución señala que, tras revisar el expediente, se verificó que la investigación se ocupó únicamente de la denuncia formulada por Hollman Morris por injuria y calumnia contra Lina Castillo y que, en cambio, “nunca abordó la denuncia que a través de los medios de comunicación diera a conocer ella, relativa a actos de acoso laboral y sexual”.
Por esa razón, el texto concluye que, “desde la protección reforzada a la que se refiere la Corte Constitucional, es necesario variar la asignación del proceso con el fin de asegurar que la respuesta institucional sea coherente con la aplicación del enfoque de género”.
La resolución agrega que la Fiscalía 3 Delegada ante la Corte Suprema de Justicia tiene una “amplia trayectoria y conocimiento en enfoque de género, en especial en entornos de poder y de jerarquía”, lo que le permitirá asumir el caso con especialidad.
Con base en esos argumentos, la fiscal general resolvió “variar la asignación” de la actuación penal y “asignar especialmente” el conocimiento del expediente a la Fiscalía 3 Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, no solo hasta su culminación, sino también respecto de los asuntos que en adelante se originen o se relacionen con ese proceso.
Así, la decisión de la Fiscalía no solo abre un canal especial para recibir denuncias de presunto acoso sexual laboral y ordena una nueva iniciativa investigativa en torno a lo revelado recientemente en una cadena nacional, sino que también reordena el abordaje institucional del proceso entre Lina Castillo y Hollman Morris, bajo criterios de enfoque de género y protección reforzada para posibles víctimas de violencias basadas en género.


