OPINIÓN | «Vicepresidenta Francia Márquez Sin Ministerio» Representante Carlos Edward Osorio

Más allá de que la Corte Constitucional con sentido de racionalidad y ponderación haya decidido diferir los efectos de la sentencia que declara inexequible por inconstitucional la Ley 2881 de 2023 “por medio de la cual se crea el ministerio de igualdad y equidad”, lo cierto del caso, es que una vez más se demuestra la improvisación del Gobierno Nacional y la manera como subvierten el ordenamiento jurídico.

Como era de esperarse, sin hacer ningún tipo de acto de contrición, la turba gobiernista desato su furia. Algunos la emprendieron contra la Corte Constitucional, expresando como lo hizo Cielo Rusinque, que este fallo, así como el de la Guajira, refiriéndose al que tumbo el estado de emergencia dejaba una sensación de confusión y contradicción con lo que alguna vez fue la jurisprudencia constitucional. Otros como Gustavo Bolívar, se salieron por la tangente, expresando que “tumban todo lo que huela a justicia social”. Por su parte, Alexander López, bajo la misma línea que lo hizo célebre al reconocer ante el Congreso que las Matemáticas no era lo de él, ahora dijo ante la opinión pública, no entender la determinación de la Corte; agregando que hubo un “seguimiento irrestricto a la normatividad y reglas de la democracia, sin precisar a qué se refiere con lo de irrestricto, y mucho menos sin particularizar nada sobre el análisis de impacto fiscal que brillo por su ausencia en el trámite del proyecto.

Pierden de vista los furiosos funcionarios gubernamentales, que fue el mismo Ministro Bonilla, quien al ser requerido durante el trámite del proyecto de ley ante el Congreso de la Republica, confeso de manera implícita, que no tenía ni mucho menos aportaba el análisis de impacto fiscal, al sostener y decir literalmente lo siguiente:

“El costo preciso de creación y operación del nuevo ministerio se puede tener una vez se cuente con la estructura final de la entidad”.

Como quien dice, el Ministro Bonilla, ni corto ni perezoso, no solo no da cumplimiento al artículo 7o de la Ley Orgánica 819 de 2003, que de manera perentoria exige el análisis de impacto fiscal de manera explícita, el cual, por cierto, debe ser compatible con el marco fiscal de mediano plazo; sino que además le expresa al Congreso de la Republica, que dicha información solo la tendrá hasta que se cree y entre en operación en este caso, el Ministerio de Igualdad y equidad.

Bastaba con esa peregrina afirmación hecha por el propio Ministro de hacienda Ricardo Bonilla, para que la Corte Constitucional declarara la inexequibilidad de la ley. Sin embargo, el gobierno que no conoce de humildad y mucho menos tiene la capacidad de reconocer los errores, se pone en la tarea fallida de defender lo indefensable, viendo fantasmas donde no lo hay, y como de costumbre, opta por abstenerse de reconocer la omisión en este caso, y si en cambio con su tradicional usanza en la que es campeón, se dispone a endosar y adjudicar a terceros, las responsabilidades que le son propias.

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Ahora bien; claramente fueron integrantes del Partido Centro Democrático los que en Buena Hora promovieron la demanda que dio lugar a la Sentencia de la que despotrica el Gobierno Nacional. Ello antes que avergonzarnos nos llena de orgullo. Es una forma de hacer oposición dentro del marco institucional, siendo apena legitimo dentro del marco de un estado social de derecho, que se caracteriza por los controles y los limites en virtud del principio de legalidad al que se someten los gobernantes, especialmente en sistemas con exacerbados matices presidencialistas.

Así las cosas, antes que golpes blandos, lo que podríamos predicar en este caso, es un autogolpe, pues es el mismo Gobierno el que desatiende e irrespeta el ordenamiento jurídico, entendido este como la Constitución y la Ley que el Presidente de la Republica juro cumplir al momento de su posesión. Por lo demás, más allá de la vergüenza que deben sentir los funcionarios del Gobierno Nacional, que omitieron el cumplimiento del artículo 151 de la Constitución, en concordancia con el artículo 7 de la Ley 819 de 2003, deberían darse por satisfechos, gracias al salvavidas que le ofrece la Corte Constitucional, cuando difiere los efectos del fallo por dos legislaturas, lo que significa, que aunque inconstitucional y todo, el Ministerio podrá seguir funcionando hasta el 20 de Junio de 2026, tiempo suficiente dentro del cual el Gobierno podrá presentar una iniciativa similar, asegurándose en este caso de no incurrir en el mismo error, de dejar de presentar el análisis de impacto fiscal de la iniciativa.

Con todo, compartiendo lo dicho por el PNUD, en el sentido de que “La gran desigualdad en Colombia no le permite crecer para generar riqueza y bienestar para todos”, desde la oposición nos preguntamos si para enfrentar este desafío, resulta inexorable, crear un Ministerio adicional a los 18 que existían antes de crearse este, con 5 Viceministerios, 20 direcciones técnicas, más de 461 cargos de profesionales universitarios, y en general 740 plazas, con todo lo que ello implica, sin hablar de contratistas; o si por el contrario, se podría hacer una reestructuración en el Estado, que suponga por ejemplo empoderar a alguna de las entidades existentes, para atender con suficiencia el propósito que inspira el combatir contra la desigualdad y la inequidad, sin tenerse que gastar una suma representativa de recursos económicos en burocracia, que bien podría destinarse incluso a la misma causa que nos convoca.

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Si el Congreso de la Republica asume el verdadero papel que le asiste en materia de control político, debería analizar variables como la planteada, como también la subejecución o precaria ejecución presupuestal de un Ministerio como el de Igualdad y Equidad, que pese a habérsele asignado un presupuesto de 1.8 Billones para el 2024, apenas habría ejecutado el 0.36% según lo público el Diario El tiempo el pasado 9 de mayo. Esto significa, que, de dicho monto presupuestal generoso, siendo una de las 10 cifras más altas del gobierno, apenas ha ejecutado, entiéndase comprometido, 6.582 Millones de pesos.

Y mientras llegue el momento de ocuparnos de dicha situación, cuando el Gobierno presente ante el Congreso la iniciativa correspondiente, si es que persiste en su interés; advertimos, la compleja situación de la Señora Vicepresidente Francia Márquez, al frente de dos dignidades, con particularidades bastante simpáticas; por un lado es titular de la dignidad vicepresidencial, dignidad está bastante sui generis, pues en sí misma, adquiere verdadera relevancia, importancia y trascendencia cuando deja de existir, esto es, cuando con ocasión de una falta definitiva del Señor Presidente de la Republica, quien funge como vicepresidente, deja de serlo, para ser el llamado a sustituir o reemplazar al Presidente.

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Ahora le corresponderá, por cuenta de una decisión de la Corte Constitucional, estar al frente de un Ministerio que existe y que no existe, por cuanto la ley de creación, fue declarada inexequible por inconstitucional, sobreviviendo por el término de dos años gracias a la modulación de los efectos del fallo, lo cual no le quita la mancha o mácula que tiene el ministerio desde su origen.

Dicho de otra manera, a la cartera se le expidió un certificado de defunción diferido en el tiempo, dándola vida al paciente terminal, por un término máximo de dos legislaturas, que irían hasta el 20 de Junio de 2026, tiempo este durante el cual, el paciente terminal, que es el Ministerio, respirara, pero no creemos que sea muy funcional, pues si no lo ha sido estando en sus perfectos cabales hasta antes de pronunciarse la Corte con du decisión, tal como se evidencia con la reprochable y precaria ejecución presupuestal, menos creemos, que sea muy proactiva durante los dos próximos años de sobrevivencia, cuando quedo con el estigma de un paciente vegetativo.