
Claramente el juicio que se le adelanta al Expresidente Uribe despierta toda serie de pasiones, resultando, lo reconozco, difícil ser objetivo frente al mismo. Sus detractores ya lo condenaron; quienes somos sus seguidores y hemos estado cerca de él, creemos sin vacilaciones en su inocencia.
Pero al margen de los quereres y pareceres de propios y extraños, lo cierto del caso, es que dicho proceso debe adelantarse bajo las formalidades de un juicio jurídico y no de un juicio político. Dicho juicio debe estar sometido a unas formas y ritualidades que no son menores. No son ni más ni menos, que garantías, que deben brindársele a todo ciudadano, independientemente de que haya sido o no, Presidente de la República.
Es allí cuando afirmamos que no reclamamos para Álvaro Uribe Vélez más garantías por haber sido Presidente, pero tampoco menos ganarías. Y es que nos llama la atención, por ejemplo, las menciones, a mi juicio desafortunadas que la Fiscalía General de la Nación, ha hecho, cuando se ha referido a la “opinión pública”, con independencia de lo mediático que resulte el asunto.
La presunción de inocencia como sucedáneo de prueba, por ejemplo, es un derecho humano en virtud del cual toda persona es considerada inocente hasta que se demuestre lo contrario. Bajo esta premisa y desprendido de subjetividades, Álvaro Uribe Vélez es inocente gústele o no a sus detractores, hasta que se demuestre lo contrario a través de una sentencia debidamente ejecutoriada; óigase bien, debidamente ejecutoriada. Y me pregunto ¿Acaso se habrá desvirtuado la presunción de inocencia del Expresidente Uribe, con los testimonios rendidos por Cepeda, Deyanira y por Monsalve? Claramente eso deberá definirlo la Juez del caso, pero ello no me sustrae ni me impide, emitir mi propia opinión.
Para nadie es un secreto que Cepeda ha sido de vieja data un acérrimo contradictor político de Uribe, quien incluso fue denunciado por el Expresidente. Difícil pensar, creer o asumir, que realmente persiga la verdad y la justicia, desprovisto de su ideología, creencias y más íntimas convicciones. Además, Cepeda reconoció bajo la gravedad del juramento que no le constaba, que los hermanos Uribe Vélez hubieren tenido que ver y/o participado en la conformación del bloque Metro de las Autodefensas.
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En el caso de Deyanira, reconoció haber pagado a un abogado para que ingresara al centro penitenciario donde se encontraba privado de la libertad su exmarido Monsalve, un artefacto tecnológico reloj- grabadora. Ello por sí mismo, constituye un hecho grave contrario a la ley, que como mínimo debe ser objeto de investigación con independencia del contenido de las grabaciones, cuya admisibilidad probatoria resulta de suyo discutible, no sólo por la unidireccionalidad de las mismas, sino porque conforme a la doctrina del fruto del árbol envenenado, la que deslegitima e invalida no solo las pruebas obtenidas de manera ilícita sino que extiende también sus efectos de invalidez, a cualquier otra prueba que directa o indirectamente haya sido obtenida o tenga cualquier nexo con la que estuvo viciada, es decir, arrastra sus efectos a todas aquellas pruebas relacionadas y derivadas. En este caso, la forma ilegal como habría sido ingresado el reloj, que sería el árbol envenenado, invalida las grabaciones obtenidas con el mismo, que son los frutos, los cuales están contaminados con el mismo vicio o veneno.
Finalmente, en el caso de Monsalve, toda su narrativa parte del supuesto no comprobado, de que hizo parte del Bloque Metro de las autodefensas. Vale decir, se trata del testigo Estrella que se encuentra condenado a 40 años de prisión por concierto para delinquir, secuestro extorsivo y porte ilegal de armas. Vale decir, no por estar condenado debe restársele credibilidad a su dicho; pero lo que no resulta comprensible es que toda su diatriba gire alrededor de una condición de ex integrante de las autodefensas, sobre lo cual no hay registro alguno, y en cambio sí, dicha condición ha sido negada por su propio Padre y por su propio hermano. Cabe puntualizar que Monsalve bajo la gravedad del juramento reconoció que no conoció directamente a Álvaro Uribe y que sólo se topó con él en un evento de campaña política y en la inauguración de una cooperativa.
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Adicionalmente, muchas dudas generan algunos incidentes advertidos en la audiencia; i) algunas manifestaciones corporales del Senador Cepeda cuando estaba declarando Deyanira, que a juicio de quienes presenciaban la audiencia pública a través de las redes sociales, parecía estarle sugiriendo las respuestas; ii) El hecho, de que en diversas ocasiones se haya perdido la Imagen de Deyanira mientras declaraba, como si se hubiera tapado la cámara, sin saber porque razón o con qué propósito; iii) la particularísima declaración de Monsalve, quien enfocaba su mirada y atención recurrentemente hacia la bancada de la Fiscalía y de las presuntas víctimas y no de la Juez como corresponde y correspondía.
Estas vicisitudes, sumadas a un lugar común de los tres, que denotaba una amnesia selectiva, con la recurrente respuesta de “No me acuerdo”, deja mucho que pensar, acerca de si existe un verdadero y real propósito de buscar la verdad y encontrar la justicia; la justicia, que no necesariamente es la que suponen los malquerientes de Uribe Vélez. La credibilidad de dichos testigos hasta el momento, amén de no haber desvirtuado la presunción de inocencia, se encuentra francamente en entredicho.
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Por lo demás, no deja de sorprender, que la Fiscalía General de la Nación, haya desestimado la recusación interpuesta contra la Fiscal Delegada del caso, la que actúa en el proceso, cuando por razones, consideraciones y motivos incluso menos comprometedores, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, había aceptado en días anteriores, el impedimento formulado por un Magistrado que había dictado una medida provisional, tutelando los derechos fundamentales de Uribe, y que a la postre fue separado del caso.