
Una juez de Bogotá ordenó revocar la medida provisional que prohibía al candidato presidencial Abelardo de la Espriella utilizar la camiseta de la Selección Colombia durante su campaña, al considerar que la restricción carecía de suficiente sustento jurídico, era ambigua y resultaba desproporcionada frente a los derechos fundamentales involucrados.
La decisión fue adoptada por el Juzgado 62 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá dentro de una acción de tutela promovida por el ciudadano Juan Carlos Núñez Pérez contra actuaciones relacionadas con el proceso que cursa en el Juzgado 120 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá.
La controversia surgió luego de que una autoridad judicial ordenara como medida provisional restringir el uso de símbolos asociados a la campaña presidencial de Abelardo de la Espriella, entre ellos la camiseta de la Selección Colombia, tras considerar que podrían generar confusión entre símbolos nacionales y propaganda política.
La decisión de la juez
En el auto conocido este 11 de junio de 2026, la jueza María Isabel Ferrer Rodríguez concluyó que la medida provisional presentaba problemas de claridad jurídica y afectaba derechos fundamentales de ciudadanos que no hacían parte directa del proceso.
En la providencia se señala que la restricción era «ambigua y anfibológica», debido a que no determinaba con precisión quiénes eran los destinatarios de la prohibición ni cuál era exactamente su alcance.
La decisión advierte:
«La falta de claridad respecto de los destinatarios y del alcance de la prohibición genera un escenario de incertidumbre jurídica, que impide a los ciudadanos conocer con precisión las conductas permitidas o restringidas, afectando directamente su derecho al debido proceso«.
Asimismo, el despacho judicial sostuvo que la medida podía traducirse en restricciones indebidas a la libertad de expresión y a la participación democrática en medio de una campaña presidencial.
La jueza también cuestionó que no se hubiera demostrado de manera suficiente que el uso de la camiseta de la Selección Colombia vulnerara derechos fundamentales de terceros.
Según el fallo:
«En la decisión de imponer medida no se analizó si es verdad que el hecho de que el candidato accionado porte la camiseta agravia o vulnera el derecho fundamental o la libertad de elegir«.
Argumentos sobre la camiseta de la Selección
Dentro del expediente fueron incorporados argumentos según los cuales la camiseta de la Selección Colombia constituye un símbolo de identidad nacional que trasciende las diferencias políticas.
La providencia cita la posición del ciudadano Wilman Ramiro Bocanegra Calderón, quien afirmó:
«La camiseta de la Selección Colombia es un símbolo de unidad nacional: representa a TODOS los colombianos, sin importar nuestras ideas políticas, posturas ni convicciones. Su valor reside precisamente en estar por encima de cualquier división partidista».
La juez también señaló que la restricción podía generar efectos sobre millones de ciudadanos que respaldan o participan en actividades relacionadas con el movimiento ciudadano que respalda la candidatura de Abelardo de la Espriella.
En ese sentido, concluyó que la medida resultaba desproporcionada y ordenó:
«REVOCAR la medida provisional impuesta por el Juzgado 120 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá mediante Auto del 3 de junio de 2026«.
Además, dispuso que se vincule formalmente al accionante y a otros ciudadanos que se encuentren en condiciones similares para que puedan ejercer su derecho de contradicción dentro del trámite judicial.
Contexto de la polémica
La discusión jurídica se originó en medio de la campaña presidencial de Abelardo de la Espriella, candidato del Grupo Significativo de Ciudadanos Defensores de la Patria, quien ha utilizado de manera recurrente la camiseta de la Selección Colombia en actos públicos, recorridos y piezas de campaña.
Días atrás, una decisión judicial había generado controversia al ordenar restricciones sobre el uso de determinados símbolos que, según los demandantes, podían asociarse a propaganda política.
Paralelamente, el Tribunal Superior de Bogotá había adoptado otra decisión relacionada con la campaña presidencial al ordenar retirar piezas publicitarias en las que se utilizaba la bandera de Colombia y al prohibir el uso de la expresión «Firmes por la Patria», al considerar que podían generar confusión respecto del uso de símbolos nacionales dentro de actividades proselitistas.
Esa determinación motivó nuevas acciones judiciales por parte de simpatizantes y sectores cercanos a la campaña del candidato presidencial.
Segunda vuelta presidencial
La controversia ocurre a pocos días de la segunda vuelta presidencial programada para el próximo 21 de junio.
En la primera vuelta, celebrada el 31 de mayo, Abelardo de la Espriella obtuvo el primer lugar con 10.351.548 votos (43,73 %), mientras que el candidato del Pacto Histórico, Iván Cepeda, alcanzó 9.683.743 votos (40,91 %).
Ambos candidatos disputarán la Presidencia de la República en una de las elecciones más cerradas de los últimos años, en medio de intensos debates políticos y jurídicos relacionados con el desarrollo de las campañas y el uso de símbolos nacionales.