La Sala de Reconocimiento de Verdad ordena al general (r) Mauricio Santoyo Velasco que, en un término de 5 días hábiles, entregue por escrito un aporte exhaustivo y detallado que permita esclarecer el relacionamiento entre agentes estatales y grupos paramilitares que derivó en la violación de derechos humanos en Medellín durante el año 2001.
En ese año, Santoyo fungió como subdirector de la Dirección de Antisecuestro y Antiextorsión; y, luego, como comandante del Cuerpo de Élite Antiterrorista de Medellín.
Esta solicitud de aportes corresponde a lo ordenado por la Sección de Apelación de la JEP y a la moción formulada por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas con relación a si los hechos delictivos que involucran Santoyo serán priorizados en alguno de los 11 macrocasos que
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En principio, permitirán la contrastación y recolección de información útil en la investigación del Subcaso Antioquia, del #Caso08 que investiga los crímenes cometidos por miembros de la fuerza pública, u otros agentes del Estado, en asociación con grupos paramilitares o terceros
Esta orden, además, responde a lo estipulado en la Resolución de Acusación proferida por el Despacho 11 de la Unidad de Fiscalías Delegadas ante la Corte Suprema de Justicia
y el Despacho 56 de la Dirección Especializada Contra Violaciones a los Derechos Humanos de la Fiscalía
En dicha resolución se declaró como crimen de lesa humanidad la desaparición forzada agravada de los defensores de derechos humanos Claudia Patricia Monsalve Pulgarín y Ángel José Quintero Mesa, cometida el 6 de octubre de 2000, en Medellín, Antioquia.