Corte Constitucional tumbó cambio de nombre de la Fuerza Aérea Colombiana

La Corte Constitucional de Colombia revocó el cambio de nombre de la Fuerza Aérea Colombiana propuesto por el Gobierno Nacional. La iniciativa, que buscaba rebautizarla como la ‘Fuerza Aeroespacial Colombiana’, fue anulada luego  de una demanda que cuestionaba la legitimidad de modificar el nombre de una institución reconocida constitucionalmente mediante una ley ordinaria.

El alto tribunal, tras un exhaustivo análisis de la demanda, concluyó que el Congreso carece de la facultad para alterar una disposición constitucional mediante una ley ordinaria. Esta determinación se basa en el principio de supremacía de la Constitución, según el cual ninguna norma legal puede contravenir lo establecido en la Carta Magna.

Los demandantes argumentaron que solo las reformas constitucionales están facultadas para modificar entidades con denominaciones específicas, como ministerios o instituciones reconocidas explícitamente en la Constitución. Ejemplificaron casos anteriores en los que cambios similares requirieron enmiendas constitucionales, como la transformación de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura en la Comisión Nacional de Disciplina Judicial.

Este fallo también hace eco de una demanda previa presentada contra el artículo 5 de la Ley 2302 del 2023, la cual introdujo medidas para la defensa e integridad territorial en el ámbito espacial y conllevó el cambio de denominación de la Fuerza Aérea Colombiana a Fuerza Aeroespacial Colombiana. Los demandantes sostuvieron que esta modificación, al ser realizada mediante una ley ordinaria, vulneraba el principio de supremacía constitucional al intentar reformar la Constitución implícitamente.

En virtud de esta decisión, el cambio de nombre deberá ser revertido, lo que implica que la entidad militar volverá a ser reconocida oficialmente como la Fuerza Aérea Colombiana.