Luego de revisar 40 demandas y la solicitud de la Procuraduría General de la Nación, la Corte Constitucional declaró inexequible con efectos retroactivos el artículo 124 de la Ley de Garantías.
El alto tribunal constitucional considera que esta reforma a la Ley es insconstitucional, por violar flagrantemente la reserva de ley estatutaria y el principio de unidad de materia.
La reforma permitió suspender parcialmente la Ley estatutaria de garantías electorales, al permitir la suscripción de convenios interadministrativos entre la Nación y los entes territoriales en momentos previos a las elecciones de congresistas y de presidente.
Tras esta decisión de la Corte, los contratos celebrados tendrán que revertirse. Con ocho votos a favor y uno en contra la Sala Plena de la Corte Constitucional decidió derogar esta reforma, sancionada en noviembre del 2021 por el Presidente de la República, Iván Duque.
A partir de la comunicación de la decisión de la corte «no será posible suscribir convenios interadministrativos, por lo cual aquellos trámites que se encuentren en curso deberan terminarse inmediatamente para impedir su perfeccionamiento» y «los convenios que no se hayan ejecutado completamente deberan terminarse y liquidarse inmediatamente, sin perjuicio de la devolución de los dineros girados y no ejecutados y de las restituciones a que haya lugar» concluyó el alto tribunal.
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La Corte Constitucional, con ponencia de la magistrada Diana Fajardo, declaró la inconstitucionalidad de la norma ya que » A través de una ley ordinaria el Congreso de la República no está habilitado para modificar una ley estatutaria; y más concretamente, mediante una ley de presupuesto que tiene un tramite establecido, como es la ley anual del presupuesto, no puede modificarse una ley estatutaria«:declaró el alto tribunal.
El Contralor General de la República, Carlos Felipe Córdoba, revisó varios contratos en todo el país y hallaron graves irregularidades por lo que había denunciado que existia una feria de contrataciones directas en dias previos a las votaciones del 13 de marzo, por un valor aproximado de 54 billones de pesos.
Según la Contraloría desde la entrada en vigencia de la Ley de Garantías el 13 de noviembre del 2021 se habían suscrito 645.495 contratos por más de 52.3 billones de pesos en los 32 departamentos del país y Bogotá.
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Otro de los conceptos recibidos por la Corte Constitucional el de la Procuradura General de la Nación, Margarita Cabello Blanco: “Debido a la especial fuerza que caracteriza a las normas estatutarias (como lo es la Ley de Garantías Electorales), no es posible constitucionalmente su modificación por medio de una disposición contenida en una ley anual de presupuesto”.
La Corte en su decisión tambien hizo un fuerte llamado de atención al Congreso de la República por el trámite realizado.