La sala penal de la Corte Suprema de Justicia avaló la extradición a EE. UU. del piloto Juan Camilo Cadena Botero, el ayudante de carga Harold Darío Rivera Toledo y el entonces capitán de Policía Jorge Isaac Aguilar García, por el caso de avioneta en San Andrés con 446 kilos de cocaína.
El caso inició el pasado 23 de mayo de 2021, cuando fueron encontrados 446 kilos de droga y 102 millones de pesos en efectivo, camuflados en elementos de protección, tapabocas y ayudas humanitarias en la avioneta N722KR marca Beech Craft modelo C90,que aterrizó en el Aeropuerto El Embrujo de la isla de San Andrés.
Esta extradición se da luego que Juan Camilo Cadena, piloto de la aeronave, aceptó cargos y llegó a un preacuerdo con la Fiscalía; Cadena fue condenado a diez años y nueve meses de prisión en Colombia, por los delitos de delitos de tráfico, fabricación y porte de estupefacientes agravado y lavado de activos.
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La avioneta estaba adscrita a la empresa Interandes helicópteros SAS, de la cual es socio el esposo de la actriz y comediante Alejandra Azcárate. . Sin embargo, el empresario Miguel Jaramillo no fue vinculado a la investigación penal.
En la investigación también fueron vinculados el ayudante de carga de la avioneta, Harold Darío Rivera Toleda; y el capitán de la Policía, Jorge Isaac Aguilar García.
El 2 de septiembre de 2021 la Corte Distrital de los Estados Unidos del distrito de Tampa, solicitó la extradición de los tres implicados en este hecho, por ser responsables de los delitos de tráfico de estupefacientes a Centro y Norteamérica.
Los miembros de la tripulación son investigados por cargos para distribuir y poseer » una sustancia que contenía una cantidad detectable de cocaína, una sustancia controlada de la categoría II, con la intención, a sabiendas, y teniendo causa razonable para creer que dicha sustancia sería importada ilícitamente en los Estados Unidos».
La Corte concluyó respecto a la condena en Colombia que: «Dicha sentencia no se encuentra ejecutoriada, como quiera que el recurso de apelación interpuesto por las víctimas no ha sido decidido por el tribunal superior. En estas circunstancias, la renuncia a ejercer la jurisdicción resulta admisible, en tanto no existe cosa juzgada en relación con dicho delito y, por ende, su extradición no es violatoria del principio non bis in ídem».
En los próximos días el piloto Juan Camilo Cadena Botero, el ayudante de carga Harold Darío Rivera Toledo y el capitán de Policía Jorge Isaac Aguilar García serían extraditados a los Estados Unidos.