Condenan a Salvatore Mancuso, Exjefe Paramilitar por 117 Crímenes contra Comunidades Indígenas

La Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Barranquilla condenó al exjefe paramilitar Salvatore Mancuso Gómez por su responsabilidad en 117 hechos delictivos cometidos contra el pueblo indígena wayúu y otras comunidades de La Guajira, ocurridos entre los años 2002 y 2006.

La decisión judicial se produjo tras acoger los argumentos presentados por la Fiscalía General de la Nación, que demostró que estructuras armadas bajo el mando de Mancuso perpetraron homicidios, desapariciones forzadas, desplazamientos forzados y actos de violencia basada en género, como parte del accionar del autodenominado Frente Contrainsurgencia Wayúu, adscrito al Bloque Norte de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).

De acuerdo con el fallo, los crímenes fueron ejecutados siguiendo lineamientos definidos por los máximos cabecillas del grupo paramilitar, entre ellos Mancuso Gómez, lo que permitió a las AUC consolidar su control armado en amplias zonas del departamento de La Guajira.

Uno de los hechos más graves atribuidos ocurrió el 10 de octubre de 2003, cuando hombres armados incursionaron en la ranchería Manaki, en el municipio de Uribia. Durante aproximadamente cuatro horas, varios indígenas wayúu fueron golpeados y maltratados. Además, los atacantes destruyeron y robaron elementos simbólicos de la cultura indígena, como chinchorros, mochilas, sombreros y mantas bordadas, bienes que constituían su principal medio de subsistencia.

La sentencia también responsabiliza a la estructura armada por el homicidio de dos indígenas wayúu, ocurrido el 17 de marzo de 2002 en la ranchería Kepischon, también ubicada en Uribia.

Según lo establecido en el proceso, el Frente Contrainsurgencia Wayúu fue creado en marzo de 2002 y llegó a contar inicialmente con cerca de 150 integrantes, lo que permitió a las AUC expandir su presencia armada a las zonas media, alta, noroccidental y nororiental de La Guajira, incluidas áreas cercanas a la Sierra Nevada de Santa Marta.

Como parte del fallo, el tribunal reconoció como sujetos de reparación colectiva a las comunidades indígenas wayúu asentadas en Carraipia, Majayura y Malaki, en el municipio de Uribia, así como a la comunidad de Matitas, en Riohacha.

Mancuso Gómez fue condenado a 40 años de prisión, además de una multa equivalente a 30.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes y la inhabilidad para ejercer cargos públicos por el mismo periodo. No obstante, la sentencia contempla la pena alternativa de ocho años de prisión, en el marco de la Ley 975 de 2005 o Ley de Justicia y Paz, condicionada al cumplimiento de las obligaciones impuestas por el tribunal.