Subtítulo: La eventual reunión entre Donald Trump y el presidente colombiano abre un debate jurídico y político sobre sanciones, autorizaciones especiales y excepciones migratorias en Estados Unidos.
Bogotá / Washington. La posibilidad de una reunión entre el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, y su homólogo colombiano, Gustavo Petro, ha puesto sobre la mesa un interrogante central: ¿puede el mandatario colombiano viajar a la Casa Blanca sin visa y pese a figurar en listados restrictivos del gobierno estadounidense?
El anuncio del encuentro, realizado por el propio Trump tras una conversación telefónica sostenida esta semana, contrasta con el escenario de confrontación que marcó la relación bilateral durante 2025, cuando el Departamento de Estado revocó la visa del jefe de Estado colombiano y, posteriormente, se conoció su inclusión en listados administrados por el Departamento del Tesoro de EE. UU.
La visa: un requisito clave, pero no absoluto
En condiciones ordinarias, la visa es un requisito indispensable para ingresar a territorio estadounidense. Sin embargo, en el ámbito de las relaciones internacionales existen excepciones de carácter político y diplomático que pueden aplicarse en casos de visitas oficiales de alto nivel.
Expertos consultados coinciden en que el presidente de Estados Unidos tiene un amplio margen de discrecionalidad para autorizar el ingreso de un jefe de Estado extranjero, incluso cuando este no cuente con visa vigente. En ese escenario, la eventual visita de Petro a la Casa Blanca podría realizarse mediante una autorización especial y limitada, exclusivamente para cumplir una agenda oficial.
¿Qué implica estar en la “Lista Clinton”?
Uno de los mayores obstáculos es la inclusión del presidente colombiano en listados sancionatorios asociados a la OFAC, que en el debate público suelen denominarse de forma genérica como “Lista Clinton”. Estas listas implican restricciones financieras severas y, en la práctica, convierten a la persona sancionada en inadmisible para trámites migratorios ordinarios.
De acuerdo con especialistas en derecho internacional, mientras una persona figure en estos listados, solicitar una visa o ingresar mediante programas de exención de visa no es viable, ya que la sanción bloquea automáticamente esos mecanismos.
Licencias y exenciones: el camino más factible
Ante este panorama, los analistas señalan que el camino más realista para una eventual visita de Petro sería una licencia especial del Departamento del Tesoro, o una exclusión temporal de la lista sancionatoria. Estas licencias permiten autorizar actos específicos —como viajes oficiales— sin levantar de manera definitiva las sanciones.
Carlos Andrés del Basto Perdomo, profesor de la Universidad del Norte, explica que esta figura ha sido utilizada en otros contextos internacionales cuando Washington considera que un contacto político directo resulta estratégico. “No se trata de normalizar la situación del sancionado, sino de habilitar un acto concreto bajo condiciones estrictas”, señala.
¿Sirve la ciudadanía italiana de Petro?
Otra hipótesis que ha circulado es la posibilidad de que Gustavo Petro viaje usando su ciudadanía italiana, país que hace parte del Programa de Exención de Visa (VWP). Bajo este sistema, ciudadanos de ciertas naciones europeas pueden ingresar a EE. UU. con una autorización electrónica ESTA.
No obstante, expertos como Carlos Patiño, profesor de la Universidad Nacional de Colombia, advierten que esta opción no sería aplicable en un viaje diplomático. “Un pasaporte italiano es un asunto personal y no habilita al presidente para representar al Estado colombiano en una visita oficial. Además, la sanción OFAC prevalece y podría impedir la entrada”, explica.
Antecedentes y riesgos
Desde una mirada más cautelosa, Ricardo Abello, profesor de la Universidad del Rosario, recuerda que incluso con autorización especial, la movilidad del mandatario podría ser restringida. Como antecedente histórico, cita el caso del expresidente Ernesto Samper, quien en los años del Proceso 8.000 solo podía desplazarse dentro de zonas delimitadas en Estados Unidos.
“Salir de una lista sancionatoria no es un trámite automático ni rápido. Cualquier autorización sería excepcional, específica y limitada en el tiempo”, subraya Abello.
Un escenario abierto y político
En conclusión, sí es jurídicamente posible que Gustavo Petro viaje a la Casa Blanca sin visa y pese a estar en la llamada Lista Clinton, pero únicamente mediante una decisión política del gobierno estadounidense. Esto implicaría licencias especiales, excepciones migratorias y condiciones estrictas que dependerán del nivel de interés de la Casa Blanca en recomponer la relación con Colombia.
Por ahora, la eventual reunión Trump-Petro sigue siendo una posibilidad en construcción, en la que el derecho, la diplomacia y la geopolítica se entrecruzan. La respuesta final no está en los consulados ni en los formularios migratorios, sino en la voluntad política de Washington para convertir una llamada telefónica en un encuentro cara a cara en el corazón del poder estadounidense.


