
Ministro del Interior, Armando Benedetti celebró la aprobación de parte del articulado de la Reforma Laboral «Se acaban de aprobar en la Comisión Cuarta 56 artículos de casi 80 de nuestra Reforma Laboral revivida. Ojalá que se mantenga el espíritu de reconocerle a la clase obrera sus derechos. Ojalá se dé»: @AABenedetti
Este respaldo parlamentario al texto radicado por la senadora Angélica Lozano marca un punto de inflexión en el trámite legislativo de la reforma laboral: la ponencia mayoritaria se impone en un contexto de tensiones, con 55 de los 75 artículos ya aprobados. Mientras tanto, el Gobierno,
La senadora Aida Avella, del Pacto Histórico, presentó su propia ponencia —un texto que recogía 64 artículos similares a los aprobados en la Cámara de Representantes, con elementos progresistas como el recargo nocturno desde las 6 p.m., la creación de un contrato agropecuario, el fortalecimiento de la licencia de paternidad y un modelo dual del Sisbén (subsidiado y contributivo).
Sin embargo, su propuesta no pasó, congresistas manifestaron que por falta de aval fiscal, insuficiente impacto en la informalidad y una percepción generalizada de que el texto no fomentaría el empleo. Desde sectores opositores, como el Centro Democrático, se calificó la ponencia como un «dulce envenenado».
Durante el debate, la senadora Avella defendió su iniciativa asegurando que recogía «el clamor popular por terminar con la precarización laboral», pero los números no estuvieron de su lado. La mayoría de la Comisión Cuarta respaldó la versión de Lozano, que fue descrita como una reforma «peinada, no peluqueada», y que preserva principios de estabilidad laboral con mayor viabilidad jurídica.
La Comisión Cuarta del Senado ha aprobado 55 de los 75 artículos que componen la ponencia mayoritaria de la reforma laboral, alcanzando así el 73% del texto elaborado por los senadores para este tercer debate legislativo.
Artículos aprobados
Recargos nocturnos iniciarán a partir de las 7:00 p.m.
-Recargos dominicales y festivos de pagarán al 100%
En un primer bloque, se aprobaron 42 artículos que no tenían proposiciones, entre ellos los artículos:
1, 4, 5, 8, 14, 18, 19, 20, 21, 22, 24, 31, 32, 33, 39, 40, 41, 42, 44, 46, 47, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72 y 74.
Entre los más destacados se encuentran:
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Artículo 21: Reconoce como experiencia laboral las actividades productivas realizadas por personas privadas de la libertad.
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Artículo 24: Garantiza remuneración mensual no inferior a un salario mínimo para estudiantes de medicina que realicen su internado obligatorio.
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Artículo 29 (aún pendiente de votación): Propone un subsidio a la nómina para promover la formalización del empleo en micro y pequeñas empresas.
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Artículo 46: Limita la jornada de trabajo de los periodistas, estableciendo que no podrá exceder la jornada máxima legal.
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Artículo 56: Regula las diferentes modalidades de teletrabajo en el país.
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Artículo 61: Obliga al Gobierno a crear una política pública de protección y transición laboral frente a la automatización por avances tecnológicos.
Lo que falta por debatir
Aún están pendientes de discusión los artículos más polémicos del proyecto, entre ellos:
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Artículo 11: Establece que el recargo nocturno comience desde las 7 p. m., con posibles excepciones para micro y pequeñas empresas.
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Artículo 13: Propone que los aprendices del Sena tengan condiciones contractuales similares a cualquier otro trabajador.
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Artículo 15: Aumenta el pago por trabajo en dominicales al 100% y fija en 75% el recargo por trabajo en días festivos.
Estos puntos son considerados los más álgidos y se espera un fuerte debate entre los sectores políticos, gremiales y sindicales.
¿Consulta popular por decreto? La jugada arriesgada del ministro Benedetti
Tras el hundimiento de la consulta popular en la plenaria del Senado el pasado 14 de mayo, el ministro del Interior, Armando Benedetti, sorprendió al anunciar que el Gobierno consideraría convocarla por decreto si no se revota antes del 1 de junio. Su argumento: la sesión que negó la consulta tuvo vicios de trámite, pues «no se leyó lo que se iba a votar».
La advertencia abrió un nuevo frente jurídico y político. Para Benedetti, si el Senado no corrige el supuesto error, el Ejecutivo estaría facultado para actuar. Pero expertos constitucionalistas no tardaron en desmentir esa posibilidad.
Según expertos el Gobierno no tiene competencia legal para decretar una consulta ya tramitada y votada negativamente. La Ley 1757 de 2015 solo autoriza ese camino si el Congreso no ha debatido la propuesta,
¿Qué sigue para la reforma laboral?
Mientras tanto, en la Comisión Cuarta aún quedan 20 artículos por debatir. Se prevé que entre los temas más controversiales estén el régimen de despidos, los fueros laborales, los contratos de aprendizaje y las condiciones del trabajo rural.
Ministro del Interior, Armando Benedetti publicó algunos de la artículos aprobados:
Artículo 16: Se amplían las licencias remuneradas por calamidad doméstica, citas médicas, voto y comisiones sindicales. El empleador deberá hacer ajustes razonables para personas con discapacidad y garantizar entornos laborales inclusivos.
Artículo 23: Se fortalece el contrato de aprendizaje como una relación especial de formación por hasta dos años, con apoyo económico y cobertura en seguridad social. Se extiende a estudiantes universitarios y se promueve en regiones apartadas.
Artículo 25: Las empresas que no cumplan con la cuota de aprendices deberán pagar al SENA. Parte de estos recursos se destinará a educación rural y emprendimiento. El SENA tendrá que rendir cuentas anualmente.
Artículo 34: Se reconoce el trabajo de la mujer rural y campesina, incluyendo cuidado y producción. Se garantiza su acceso a seguridad social integral y se prohíbe toda forma de discriminación o explotación.
Artículo 35: Se formaliza el trabajo doméstico remunerado. Se exige contrato escrito, afiliación a seguridad social y reconocimiento de prestaciones. La Mesa del Convenio 189 de la OIT hará seguimiento.
Artículo 37: Para trabajos de tiempo parcial, el salario se ajustará proporcionalmente, con derechos a cesantías, primas y recargos. Se podrá pactar el pago anticipado de prestaciones sociales.
Artículo 63: Se refuerza la libertad sindical: permisos remunerados, diálogo con la empresa, canales de comunicación y protección contra despidos o represalias por actividad sindical.
Artículo 73: El ICBF deberá vincular a madres comunitarias y sustitutas como trabajadoras oficiales en su planta. La vinculación será progresiva: 25% por año entre 2025 y 2028.