
La juez 45 Penal del Circuito de Bogotá decidió no dar trámite a la solicitud de recusación presentada por la defensa del expresidente Álvaro Uribe Vélez contra la jueza Sandra Liliana Heredia, encargada del proceso penal que se le sigue a Uribe. Esta decisión se produjo después de que la Corte Suprema de Justicia ordenara, el pasado 20 de marzo de 2025, que se diera trámite a la recusación interpuesta por los abogados de Uribe, por lo que la audiencia de juicio fue suspendida.
En su decisión la juez 45 Penal del Circuito de Bogotá envió la carpeta para que fuera sometida a reparto automático por parte del Centro de Servicios Judiciales de Paloqueamo, por lo que fue asignada a Laura Patricia Melo Cristancho, juez 55 penal del circuito quien tendrá tres días habiles para decidir si acepta o no la recusación a la juez del caso.
La juez Melo es conocida, porque fue la funcionaria que condenó a 55 años de cárcel a Jhonier Leal por el doble homicidio de su hermano el famoso estilista Mauricio Leal y su madre Marlene Hernandez.
En el documento se evidencia que de acuerdo a lo ordenado en el Auto del 21 de marzo se dispuso que el caso fuera sometido a reparto aleatorio con la presencia del procurador delegado Joselyn Gomez, la juez 53 Daysy Katherine Niño
El contexto de la recusación
El 10 de febrero de 2025, durante el desarrollo del juicio oral, los abogados del expresidente Uribe recusaron a la jueza Heredia, alegando posibles motivos de imparcialidad. La jueza rechazó de plano esta recusación, lo que llevó a la defensa a presentar una solicitud ante la Corte Suprema de Justicia, considerando que no se había seguido el procedimiento legalmente establecido para estos casos.
La Corte Suprema, al revisar el caso, concluyó que la jueza Heredia debía haber remitido el incidente a otro juez de igual rango para que se pronunciara sobre la recusación. Sin embargo, la jueza decidió continuar con el juicio sin dar cumplimiento a este trámite, lo que motivó la impugnación presentada por la defensa de Uribe.
Posteriormente, el Tribunal Superior de Bogotá negó la acción de tutela interpuesta por el expresidente Álvaro Uribe Vélez contra el Juzgado 44 Penal del Circuito con Función de Conocimiento
La respuesta de la Corte Suprema de Justicia
La Corte Suprema, tras analizar los argumentos de las partes involucradas, resolvió a favor de la defensa de Uribe, reconociendo que la decisión de la jueza Heredia de rechazar la recusación de plano vulneraba el derecho al debido proceso.
Con base en esto, la Corte revocó el fallo emitido por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá el 21 de febrero de 2025, que había declarado improcedente la demanda de tutela presentada por la defensa. Además, se suspendió el proceso penal contra Uribe hasta que se resuelva el incidente de recusación, lo que implicó una pausa en el juicio hasta que se tome una decisión definitiva sobre el asunto.
Caso fue sometido a reparto automático por el Centro de Servicios Judiciales de Paloquemao
Luego de la respuesta de la Corte Suprema, la decisión pasó a la juez 45 Penal del Circuito de Bogotá, tras analizar el caso, decidió no dar tramité a la recusación presentada contra la jueza Sandra Liliana Heredia. Esto generó un nuevo capítulo en este proceso judicial, el cual continúa siendo monitoreado de cerca por la opinión pública y expertos en derecho penal.
Se espera que la próxima semana Laura Patricia Melo Cristancho, juez 55 penal del circuito tome una decisión antes de que se cumplan los tres días habiles ordenados por la Corte Suprema de Justicia.