Bogotá, 5 de agosto de 2025 — El proceso judicial contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez, condenado a 12 años de prisión domiciliaria por soborno a testigos y fraude procesal, entrará en una nueva etapa crucial. El Tribunal Superior de Bogotá asumiirá la revisión del recurso de apelación interpuesto por la defensa del exmandatario, que busca revertir la condena de 12 años impuesta por la juez Sandra Liliana Heredia.
El contexto del caso
La condena fue dictada luego de un juicio que duró 67 días, calificado como uno de los más importantes en la historia reciente de Colombia, ya que es la primera vez que un expresidente es condenado. La investigación se inició hace siete años cuando Uribe, entonces senador y líder del partido Centro Democrático, fue acusado de presuntamente sobornar testigos para obtener beneficios jurídicos.
Según la Fiscalía y el juez, el expresidente habría enviado al abogado Diego Cadena en 2018 a contactar a presos como Juan Guillermo Monsalve para que declararan a su favor, desligándolo de vínculos con el paramilitarismo en Antioquia. Monsalve, a cambio, habría buscado beneficios jurídicos, incluyendo un cupo en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
Por su parte, la defensa sostiene que Cadena simplemente acudió a escuchar voluntariamente la retractación de Monsalve sobre una acusación previa de 2011 contra Uribe, lo que no implicaría delito.
El recurso de apelación y la tutela
Tras la condena y la orden de detención domiciliaria, la defensa liderada por el penalista Jaime Granados, informó que presentará el recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Bogotá. Además, interpuso una acción de tutela para suspender la orden de detención domiciliaria dictada por la juez Heredia, mientras se resuelve el recurso argumentando violaciones a derechos fundamentales como la presunción de inocencia y la dignidad humana.
El magistrado Leonel Rogeles, encargado de resolver la tutela debido a que el magistrado inicialmente asignado, Ramiro Riaño, en febrero de 2024 se había declarado impedido para actuar en este caso, Rugeles negó la suspensión provisional de la detención domiciliaria, señalando que no se evidencian irregularidades de fondo que ameriten tal medida en esta etapa del proceso.
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en su Sala Penal, negó la solicitud de medida provisional presentada por la defensa del expresidente Álvaro Uribe Vélez, que buscaba frenar la ejecución inmediata de la orden de detención domiciliaria impuesta en su contra.
La decisión fue tomada por el magistrado Leonel Rogelyes Moreno, quien concluyó que la medida cautelar —consistente en suspender temporalmente la boleta de encarcelamiento— no cumple con los requisitos de urgencia, necesidad ni de perjuicio irremediable, condiciones exigidas para que proceda una intervención constitucional anticipada.
«La medida cautelar no cumple los estándares de urgencia, necesidad, impostergabilidad, requisitos sine qua non para que, en estos casos, el juez constitucional intervenga desde el inicio del trámite de la tutela, en la forma antes pretendida”
Los magistrados encargados de la apelación
La apelación será resuelta por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, conformada por tres magistrados con amplia experiencia en la Rama Judicial:
- Manuel Antonio Merchán, quien ha estado involucrado en varios de los recursos relacionados con este expediente. Es especializado en Derecho Penal y Ciencias Criminológicas. Entre sus decisiones relevantes se encuentra la validación de interceptaciones telefónicas realizadas a Uribe en 2018.
- Alexandra Ossa Sánchez, magistrada con cerca de cinco años en el Tribunal y experiencia previa como magistrada auxiliar en la Corte Suprema con Patricia Salazar Cuéllar.
- Leonor Oviedo Pinto, que llegó al tribunal hace dos años y cuenta con trayectoria en la Fiscalía General de la Nación como investigadora y fue magistrada en Cali.
El magistrado Merchán será el encargado de elaborar el proyecto de fallo, que será revisado y aprobado por la sala antes de emitir la sentencia definitiva.