
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia revisará la apelación interpuesta por el ministro de Justicia, Eduardo Montealegre, en el proceso que emprendió hace cuatro años contra el actual magistrado del Consejo Nacional Electoral (CNE), Álvaro Hernán Prada Artunduaga, por el presunto delito de instigación a delinquir.
La decisión representa un giro en un caso que había sido precluido en marzo de 2025 por la Sala Especial de Primera Instancia del alto tribunal, que consideró que se configuró el fenómeno jurídico de caducidad de la querella.
El fallo que abrió la puerta a la apelación
En la decisión, el magistrado Jorge Emilio Caldas Vera negó la impugnación directa de la providencia que precluyó la investigación, pero concedió el recurso de apelación de manera subsidiaria y con efecto suspensivo, en los términos del artículo 177, numeral 4, del Código de Procedimiento Penal.
“La recurrente no logró desvirtuar las consideraciones expuestas en el auto recurrido, pues limitó sus argumentos para pretender insistir en el momento consumativo del delito de instigación a delinquir bajo la teoría de la posición de garante por injerencia. En su lugar, se concederá el recurso de apelación interpuesto de manera subsidiaria”, señaló la Sala.
Con esta determinación, la Sala Penal de la Corte Suprema estudiará nuevamente el caso y decidirá si se mantiene o se revoca la preclusión a favor de Prada.
Origen de la denuncia
El proceso se remonta al 4 de agosto de 2020, cuando Eduardo Montealegre, entonces exfiscal general, anunció su intención de denunciar al expresidente Álvaro Uribe Vélez por su presunta vinculación con las masacres de El Aro (1996) y La Granja (1997).
Tras ese anuncio, Montealegre denunció que fue blanco de mensajes y publicaciones en redes sociales por parte de congresistas del Centro Democrático, entre ellos Álvaro Hernán Prada, quien entonces era representante a la Cámara. Uno de esos mensajes consistió en la republicación de una nota periodística que, según Montealegre, constituía un acto de instigación a delinquir en su contra.
En marzo de 2021, el ministro presentó formalmente la querella ante la Corte Suprema, señalando a Prada y a otros parlamentarios. La Fiscalía, bajo la dirección del exfiscal general Francisco Barbosa, solicitó la preclusión de la investigación al considerar que las publicaciones cuestionadas no configuraban delito.
Competencia y decisión previa
La Sala Especial de Primera Instancia resolvió que la conducta atribuida —republicar información en redes sociales— no guardaba relación con las funciones congresionales de Prada, por lo que sí tenía competencia para conocer el caso en calidad de magistrado del CNE.
Sin embargo, la Sala concluyó que la acción penal no podía continuar debido a la caducidad de la querella, decisión que ahora será objeto de revisión por la Sala de Casación Penal.
Lo que sigue
La Corte deberá determinar si los argumentos de Montealegre son suficientes para revocar la preclusión y reabrir la investigación. De ser así, el proceso contra el presidente del CNE continuaría en etapa de instrucción.