Fuerte golpe a Ley de Paz Total en la Corte Constitucional: debe volver al Congreso

La Corte Constitucional dejó en firme los acuerdos parciales alcanzados con grupos armados ilegales, tales como los ceses al fuego, pero determinó que no deben ser considerados parte del Derecho Internacional Humanitario (DIH). En su fallo, la Corte rechazó la norma que permitía la incorporación automática de estos acuerdos al bloque de constitucionalidad.

La decisión de la Sala Plena destacó que la norma en cuestión vulneraba principios fundamentales de la Constitución, como la supremacía de la misma y la separación de poderes. La Corte aclaró que los acuerdos con grupos armados deben ser incorporados al ordenamiento jurídico de Colombia “a través de los instrumentos previstos en la Constitución y la ley” y respetando los requisitos de producción normativa establecidos por la Carta Magna.

Control legisativo

La Corte precisó que los acuerdos de paz deben ser tratados como actos políticos y no como disposiciones automáticas en el sistema jurídico, lo que requiere la intervención del Congreso para su validación.

En el fallo, la Corte también subrayó que la implementación normativa de los acuerdos de paz debe llevarse a cabo según los procedimientos previstos en la Constitución, con la participación activa del Congreso. Según la Corte, la norma demandada otorgaba poderes excesivos a los negociadores de paz, permitiendo que los acuerdos se incorporaran directamente al ordenamiento jurídico sin pasar por el control legislativo.

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“La Corte enfatizó en la naturaleza política de los acuerdos de paz y subrayó que su implementación normativa se debe realizar a través de los procedimientos dispuestos para tal fin, lo que incluye la intervención del Congreso de la República”, se indicó en el fallo.

Un fallo dedespedida

Este fallo contó con la ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo, quien concluyó su periodo en la Corte el 6 de febrero. La decisión de la Corte marca un hito en la interpretación de los acuerdos de paz, resaltando la importancia del control democrático y legislativo en la implementación de cualquier pacto relacionado con la Paz Total