Audiencia Álvaro Uribe. Tribunal avaló presentación de interceptaciones de Diego Cadena con Expresidente Uribe en juicio por falsos testigos

Tribunal Superior de Bogotá acepta interceptaciones telefónicas de Álvaro Uribe como prueba en su juicio

El Tribunal Superior de Bogotá determinó que las interceptaciones telefónicas entre el expresidente Álvaro Uribe Vélez y su abogado Diego Cadena serán admitidas como prueba en el juicio que enfrenta Uribe por presuntos delitos de fraude procesal y soborno a testigos. La decisión fue anunciada por el magistrado Manuel Antonio Merchán.

Tribunal Superior de Bogotá citó para este martes 4 de febrero audiencia de lectura de decisión de segunda instancia sobre debate probatorio en el caso del expresidente Álvaro Uribe Vélez. La decisión fue estudiada por los magistrados Manuel Antonio Merchán, Isabel Álvarez Fernandez y Alexandra Ossa Sánchez.

Esta decisión se da luego que el abogado defensor del expresidente Álvaro Uribe, Jaime Granados apelará la decisión de la juez de avalar las pruebas e interceptaciones de las comunicaciones entre Uribe y su abogado Diego Cadena. Granados, habría solicitado que las interceptaciones fueran descartadas, argumentando que vulneraban el derecho a la confidencialidad entre abogado y cliente. Sin embargo, la jueza Sandra Liliana Heredia consideró que su admisión era válida y esencial para el caso.

Granados reiteró que la presentación en el juicio de las interceptaciones de Diego Cadena violaban la reserva de la información entre abogado-cliente.

El expresidente Álvaro Uribe Vélez se encuentra en el centro de un proceso penal por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.

Decisión Tribunal Superior de Bogotá

En su decisión el Tribunal Superior de Bogotá avaló las interceptaciones telefónicas, realizadas por orden de la Corte Suprema de Justicia al abogado Diego Cadena en las que hablaba con el expresidente Álvaro Uribe Veléz y otras personas vinculadas en el caso. Igualmente, avalaron otra interceptación de comunicaciones del mandatario con personal de su unidad legislativa y otros particulares.

El Tribunal avaló la decisión de la jueza 44 Penal del Circuito de Bogotá, Sandra Liliana Heredia, quien admitió este conjunto de pruebas considerándolas legítimas y relevantes para esclarecer los hechos.

Con esta decisión, continúa el juicio contra Uribe. Fiscalía  y las víctimas podrán utilizar las conversaciones para demostrar si existió o no  presión sobre testigos para cambiar sus declaraciones.

El magistrado Merchán explicó que las conversaciones entre Álvaro Uribe Vélez y Diego Cadena no podían ser protegidas bajo el principio del secreto profesional, ya que Cadena no esta designado oficialmente como defensor del expresidente. 

Siga la audiencia en directo aquí en Focus Noticias con el análisis de la decisión por los más destacados abogados penalistas:

En la audiencia de noviembre de 2024  , la jueza 44 Penal del Circuito de Bogotá, Sandra Liliana Heredia, anunció la admisión de un conjunto de pruebas que serán clave para el desarrollo del juicio, generando controversia y ampliando el debate público sobre las implicaciones legales y políticas de este caso.

Estas son las interceptaciones y pruebas avaladas por el Tribunal Superior de Bogotá:

Entre las pruebas destacadas se encuentran las interceptaciones telefónicas realizadas en 2018 por la Corte Suprema de Justicia, que incluyen conversaciones sensibles entre el exmandatario y su abogado Diego Cadena. Estas grabaciones, obtenidas inicialmente por un error del CTI , serán utilizadas por la Fiscalía como elemento esencial en su acusación.

Las grabaciones surgieron dentro de una investigación del alto tribunal al excongresista Nilton Córdoba, pero  los investigadores interceptaron fue el número de Uribe . Según el testimonio de Óscar Álvarez, analista del CTI que realizaba las escuchas, inicialmente desconocía que el abonado correspondía al expresidente.

A pesar de la oposición de la defensa, que alegó la violación del principio de confidencialidad abogado-cliente, la jueza consideró que estas pruebas eran legítimas y relevantes para esclarecer los hechos. En la audiencia de este 28 de noviembre de 2024 el Procurador Delegado Bladimir Cuadro Crespo también se opuso al uso de las interceptaciones telefónicas entre Cadena y Uribe argumentando que se viola artículo 74 de la Constitución Nacional que establece el secreto profesional, para el procurador no deben introducirse en el juicio porque son conversaciones entre cliente y abogado, además de violación del derecho a la intimidad, el secreto profesional y el debido proceso.

En noviembre La jueza 44 Penal del Circuito de Bogotá, Sandra Liliana Heredia, avaló las interceptaciones telefónicas realizadas en 2018 por la Corte Suprema de Justicia, que incluyen conversaciones sensibles entre Uribe y su abogado Diego Cadena, estas grabaciones, obtenidas inicialmente por un error del CTI, fueron objeto de un intenso debate en el proceso.

Se habilita a este estrado para estudiar la admisibilidad de las escuchas de las líneas telefónicas de Diego Cadena, Juan José Salazar, Fabián Rojas, Luz Marina Pineda (madre de Juan Guillermo Monsalve) y Álvaro Uribe”, anunció la jueza durante la sesión, dejando en claro la importancia de las pruebas para esclarecer los hechos.

Así las cosas el Tribunal Superior de Bogotá dió a conocer su decisión respecto a la apelación realizada por el defensor Jaime Granados, sígala en Focus Noticias el Canal de las Audiencia.

La continuación del Juicio esta programado para el  Jueves 6 de Febrero