Corte Constitucional evalúa suspender la emergencia económica decretada por el Gobierno. Esta es la ponencia de los magistrados Camargo y Cortes

La Corte Constitucional se prepara para una de las decisiones más sensibles del año al estudiar la posible suspensión provisional de los decretos expedidos en el marco de la emergencia económica declarada por el presidente Gustavo Petro en diciembre pasado. Los magistrados Carlos Camargo y Juan Carlos Cortés, ponentes del proceso, presentaron ante la Sala Plena una solicitud formal para frenar de manera cautelar tanto el decreto ‘madre’ de la emergencia como el decreto derivado que creó nuevos impuestos.

La propuesta será debatida la próxima semana y necesitará al menos cinco votos de los nueve magistrados para prosperar. De ser aprobada, la suspensión no implicaría una decisión definitiva sobre la constitucionalidad de la emergencia, pero sí detendría de inmediato sus efectos mientras la Corte adopta un fallo de fondo.

Los argumentos de la ponencia

La ponencia, de 86 páginas, expone tres razones centrales para justificar la medida cautelar.

En primer lugar, advierte la existencia de un daño irreparable derivado de la aplicación de los decretos.
En segundo término, plantea que el Gobierno habría incurrido en una usurpación de funciones del Congreso, al imponer cargas tributarias mediante decretos con fuerza de ley. Finalmente, señala que la suspensión permitiría evitar daños futuros asociados a los nuevos impuestos establecidos durante la emergencia.

El documento sostiene que la declaratoria del estado de excepción desconocería la reserva de ley y la autonomía del Legislativo, al utilizar la figura de la emergencia para suplir decisiones que corresponden al Congreso, incluso después de que este no aprobara determinadas iniciativas. La ponencia concluye, además, que no se acreditaron las condiciones de imprevisibilidad y gravedad exigidas por la Constitución para justificar la emergencia económica.

Un debate marcado por tensiones internas

El análisis presentado a la Sala Plena incluye conceptos y testimonios de más de diez exministros de Hacienda, académicos y expertos, quienes coinciden en que no se cumplían los requisitos constitucionales para declarar la emergencia. Sin embargo, el panorama se complicó cuando el presidente de la Corte Constitucional, magistrado Jorge Enrique Ibáñez, presentó un impedimento para participar en el debate, apenas minutos antes de que se conociera la solicitud de suspensión.

La eventual salida de Ibáñez del debate podría derivar en un empate de cuatro votos contra cuatro, escenario que impediría alcanzar la mayoría requerida y obligaría a la designación de un conjuez para destrabar la decisión. Esto podría retrasar el pronunciamiento, en momentos en que gobernadores y distintos sectores sociales reclaman una definición rápida sobre la vigencia de la emergencia económica.

El impedimento de Ibáñez y la medida cautelar

El magistrado Ibáñez pidió que sea la Sala Plena la que determine si puede o no intervenir en la discusión, tras la recusación presentada por el Gobierno, que lo acusa de haberse pronunciado previamente sobre el sustento jurídico de la emergencia en una entrevista publicada el pasado 19 de enero. En su escrito, el presidente de la Corte afirmó que sus declaraciones se limitaron a explicar el procedimiento del control automático de constitucionalidad, sin emitir opinión alguna sobre el fondo del decreto.

Mientras se resuelve ese impedimento, la Corte también deberá votar la medida cautelar solicitada por Camargo y Cortés. De acuerdo con la información conocida, la petición del magistrado Cortés sería parcial y estaría enfocada en impuestos indirectos, como el IVA del 19 % a las bebidas alcohólicas y a las apuestas en línea.

De aprobarse, sería la primera vez en la historia constitucional del país que la Corte acude a una suspensión provisional de este tipo para frenar la aplicación de decretos de emergencia, bajo la presunción de una posible arbitrariedad.