El presidente Gustavo Petro estará fuera del país entre el 27 de junio y el 3 de julio de 2025 para cumplir una agenda oficial en Francia y España, que incluye reuniones de alto nivel con la OCDE y la ONU. Durante su ausencia, el encargado de las funciones presidenciales será el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, según lo establece un decreto presidencial expedido el 26 de junio.
Presidente encargado mientras Petro está en Europa: ministro de Salud asumirá funciones
El presidente Gustavo Petro notificó formalmente a la Corte Suprema de Justicia sobre su viaje oficial a Francia y España, el cual se desarrollará entre el viernes 27 de junio y el jueves 3 de julio de 2025. La visita internacional incluye su participación en la IV Conferencia Internacional sobre Financiación para el Desarrollo de Naciones Unidas y una reunión de alto nivel con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), además de encuentros diplomáticos con autoridades españolas.
Durante este periodo, el ministro de Salud y Protección Social, Guillermo Alfonso Jaramillo, asumirá como ministro delegatario y quedará temporalmente a cargo del despacho presidencial, con todas las funciones constitucionales y legales que le son delegadas por el jefe de Estado.
El nombramiento fue oficializado mediante el Decreto 0733 del 26 de junio de 2025, en cumplimiento del artículo 196 de la Constitución Política, que establece que, cuando el presidente se encuentre fuera del territorio nacional, un ministro podrá ejercer las funciones presidenciales si pertenece al mismo partido o movimiento político.
“Cuando el presidente de la República se traslade a territorio extranjero en ejercicio de su cargo, el ministro a quien corresponda, según el orden de precedencia legal, ejercerá bajo su propia responsabilidad las funciones constitucionales que el presidente le delegue”, se lee en el decreto.
Jaramillo, quien ha acompañado al presidente Petro desde su llegada al poder, ha ocupado varios cargos en el sector público y es considerado un funcionario de confianza dentro del círculo más cercano del mandatario.
Esta delegación de funciones no implica una suplencia presidencial, sino una medida temporal prevista por la ley para garantizar el funcionamiento del Ejecutivo mientras el presidente atiende compromisos en el exterior.


