Epa Colombia Seguirá en la Cárcel. Corte Suprema le Niega Tutela a la Reconocida Influencer

La Corte Suprema de Justicia de Colombia ha rechazado la tutela interpuesta por Eduardo José Díaz Fuentes, un seguidor de la influencer Daneidy Barrera Rojas, más conocida como *Epa Colombia*. La tutela buscaba suspender la condena de cinco años y dos meses de prisión que fue impuesta a Barrera por su participación en los disturbios de noviembre de 2019, donde destruyó con un martillo una estación del sistema de transporte TransMilenio durante las protestas nacionales.

La Corte también negó la solicitud de casa por cárcel quienes argumentaron que Barrera, madre de una niña de 9 meses, y una influyente empresaria que daba trabajo a madres cabeza de familia debía cumplir su condena en detención domiciliaria debido a su situación familiar.

El accionante pretendió la «suspensión provisional de fallo. Conceder casa por cárcel, Proteger los derechos de los fans, seguidores y consumidores de la Marca
EPA-COLOMBIA». Como fundamento, indicó que en su condición de «fans,
seguidor y consumidor de la marca EPA-COLOMBIA», interpuso un derecho de súplica para solicitar casa por cárcel para la influencers. En su sentir el beneficio administrativo debe ser concedido porque «la señora Daneidy Barrera demostró regeneración, superación y reconversión, ahora la
marca es ejemplarizante para ofrecer empleo a madres cabeza de hogar. La señora Daneidy Barrera empela muchas mujeres en su nómina de empleados. Un ejemplo de superación».

Al respecto la Corte manifestó “El amparo solicitado será negado, toda vez que el gestor carece de legitimación para impetrarlo”.

Vea el Fallo Aquí:

Fallo Tutela Epa Colombia

En su resolución, la Corte Suprema argumentó que el solicitante carecía de legitimidad para interponer la tutela, pues no presentó una justificación que demostrara que estaba defendiendo los derechos de la condenada ni su incapacidad para actuar por sí misma. La Corte también subrayó que, según el artículo 10 del Decreto 2591 de 1991, la acción de tutela solo puede ser interpuesta por aquellos que tienen un interés directo o por representantes en situaciones específicas, lo cual no se dio en este caso.

“Revisado el escrito de tutela y los anexos,
no se observa que el gestor ostente la titularidad de las prerrogativas fundamentales que invoca. Pues, se advierte que el promotor acudió a esta vía en nombre propio y en beneficio de Daneidy Barrera Rojas, sin aducir alguna
circunstancia especial que justifique su intervención” Corte Suprema

A pesar de la solicitud de la defensa y el apoyo de algunos seguidores de *Epa Colombia*, que la consideran un ejemplo de superación personal y empresarial, la Corte decidió mantener la condena y reiteró que Barrera debe cumplir con su pena en el establecimiento carcelario El Buen Pastor, un centro de reclusión de mujeres en Bogotá.

La decisión ha sido ampliamente comentada en redes sociales, donde muchos de sus seguidores han expresado su descontento con la resolución, mientras que otros consideran que la justicia ha actuado con firmeza ante los hechos de vandalismo cometidos por la influencer.

El Caso

El 29 de enero, Daneidy Barrera, conocida popularmente como  Epa Colombia, pasó de ser una influyente creadora de contenido y empresaria de keratinas a condenada por un acto de vandalismo utilizando sus redes sociales.

Barrera fue sentenciada por su participación en los disturbios ocurridos en noviembre de 2019, donde se grabó destruyendo con un martillo una estación del sistema de transporte TransMilenio, en el marco de las protestas nacionales. Su comportamiento, considerado por el tribunal como vandalismo y perturbación del servicio público, fue uno de los factores clave que derivaron en su condena por los delitos de perturbación al servicio público de transporte colectivo, instigación a delinquir con fines terroristas y daño en bien ajeno.

La Corte señaló que su actuar no solo dañó la infraestructura de TransMilenio, sino que también instigó actos de desobediencia en un contexto de desestabilización social.

Tras su traslado oficial a la cárcel de mujeres El Buen Pastor, comenzaron a viralizarse las imágenes de su celda en el patio 4 del penal. En las fotografías, se observa un pequeño cubículo que consta de una base-cama de cemento con una colchoneta encima, junto a un butaco que sostiene una biblia y un velón. En la zona superior de la celda, se puede ver una repisa donde guarda algunos objetos personales, productos de aseo y bebidas mientras que en el piso hay prendas de ropa.