La Sala Especial de Primera Instancia dictó un fallo condenatorio contra Efrén Palacios Serna, exgobenador del Chocó, por su responsabilidad en los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, peculado por apropiación y falsedad en documento público. Estos cargos están relacionados con contratos firmados por Palacios en diciembre de 2013 para suministrar medicamentos de alto costo a la población vulnerable del departamento.
Contratos iregulares
Según la investigación, los contratos fueron suscritos sin seguir los procedimientos legales correspondientes, lo que permitió que el exgobernador se apropiera de recursos públicos. La Sala explicó que la finalidad de los contratos no era garantizar la prestación del servicio, sino apropiarse de los recursos, lo cual quedó evidenciado por la falta de un proceso legal para seleccionar a los contratistas. La decisión señala que no se verificó la necesidad de la población ni la capacidad de las droguerías para suministrar los medicamentos.
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La sentencia subraya que “como la finalidad no era garantizar la prestación del servicio sino apropiarse de los recursos, no se agotó un procedimiento legal para seleccionar a los contratistas con quienes se celebraron los convenios sin verificar la necesidad de la población, establecer la cantidad de medicamentos requeridos y corroborar la capacidad de las droguerías para suministrar los medicamentos”. Esta situación, de acuerdo con la Sala, transgredió el principio de transparencia.
Irregularidades probadas
La defensa de Palacios había argumentado que el Secretario de Salud del Chocó, Guillermo Verhelst Cruz, quien firmó los convenios, tenía facultades para llevar a cabo las actuaciones contractuales. Sin embargo, la Sala rechazó esta versión, considerando que las actuaciones de Verhelst no fueron autorizadas por Palacios, quien en ese momento era el gobernador.
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La Sala dejó en claro que las acusaciones presentadas en el caso se basaron en irregularidades probadas en el proceso, lo que llevó a la condena del exgobernador. A pesar de los argumentos de la defensa, la corte sostuvo que no hubo justificación legal para los actos cometidos en el manejo de los recursos públicos destinados a la población vulnerable del Chocó.


