Corte Constitucional declara insuficiencia en la UPC y ordena reajuste para el sistema de salud

Corte Constitucional solicitó un informe a la Fiscalía y la Contraloría del estado de las investigaciones por presunto mal uso de la UPC por parte de las EPS

En un fallo clave para el sistema de salud colombiano, la Corte Constitucional ha declarado el incumplimiento generalizado e insuficiencia en la Unidad de Pago por Capitación (UPC) asignada a las Entidades Promotoras de Salud (EPS). El alto tribunal ordenó una serie de medidas inmediatas, entre ellas la creación de una mesa técnica para revisar y ajustar la UPC desde 2021 hasta 2025, con un plazo de 10 días para presentar los ajustes.

El Tribunal encontró que la UPC de 2024 no cubría adecuadamente los costos de los servicios de salud, generando un impacto directo en el acceso y la calidad de la atención médica. Además, las EPS y otros actores del sector salud habían expresado su preocupación por la insuficiencia de los montos establecidos, advirtiendo que la cifra no era suficiente para cubrir las necesidades de la población asegurada.

Las falencias en el cálculo de la UPC: una revisión necesaria

El fallo subraya las falencias que persisten en la metodología empleada para calcular la UPC. La Corte reveló que el Ministerio de Salud no ha logrado superar fallas críticas en el sistema de información del sector salud, las cuales dificultan el cálculo adecuado del valor de la UPC. Entre los principales problemas identificados se encuentran la falta de mecanismos para contrastar los datos reportados por las EPS, la baja confiabilidad en las frecuencias de uso de los servicios de salud, y la insuficiencia de la calidad de la información utilizada para hacer estos cálculos.

José Fernando Reyes Cuartas, magistrado de la Corte Constitucional, explicó que el método actual de cálculo de la UPC requiere urgentemente una actualización. Según el fallo, es fundamental que se incorporen variables esenciales como la inflación, el rezago en los valores acumulados desde 2021, y otros factores como la siniestralidad y las destinaciones específicas.

«La Corte concluyó que el Ministerio no ha demostrado la suficiencia de la UPC. La Sala encontró que el mecanismo para fijar la UPC requiere ser actualizado e incluir nuevas variables. Así mismo, es necesario revaluar la forma en que se incluyen algunos factores en el cálculo como la siniestralidad, la inflación, las destinaciones específicas y las inclusiones y el rezago existente en su valor. 
«La Sala consideró que esta insuficiencia puede afectar los montos mínimos que exige la ley que las EPS tengan en sus cuentas, y aunque el Ministerio alega uso indebido de la UPC no entrega las pruebas de esto para que se inicien las investigaciones correspondientes.
El Ministerio de Salud no ha avanzado en la superación de las fallas identificadas en el sistema de información al interior del sistema de salud detectadas desde el Auto 411 de 2016, las cuales impiden calcular una UPC suficiente.
Entre otras cosas, porque no existe un mecanismo para contrastar los datos reportados por las EPS con los que se calcula la UPC, las frecuencias de uso de los servicios en salud registradas no son confiables, y  la información empleada para efectuar el cálculo en ambos regímenes no es suficiente ni de calidad», agrega el comunicado

El incumplimiento de la equiparación entre los regímenes subsidiado y contributivo

Otro punto de la decisión fue el incumplimiento de la Corte en la equiparación del valor de la UPC entre los regímenes subsidiado y contributivo. Desde 2022, la diferencia entre ambos regímenes se ha mantenido en un 13,02%, a pesar de que la normativa exige una equiparación de al menos un 95%. La Corte ordenó que se revisara y ajustara esta diferencia, ya que esta disparidad afecta la equidad del sistema de salud.

La creación de una mesa técnica 

La Corte ha instado al Ministerio de Salud a convocar en el término de 10 días a una mesa de trabajo integrada por actores del sector salud con el fin de revisar y ajustar el valor de la UPC, no solo para el año 2024, sino también para las vigencias futuras, incluidas las de 2025. La revisión debe incluir las actualizaciones en la metodología de cálculo y garantizar que se incorporen las variables necesarias para asegurar una UPC suficiente que permita a las EPS ofrecer un servicio adecuado a los afiliados.

El Alto Tribunal también solicitó la garantía de los recursos necesarios por parte del Ministerio de Hacienda para cumplir con las obligaciones derivadas de la Sentencia T-760 de 2008, que establece el marco legal del sistema de salud.

En su fallo, la Corte también se refirió a las denuncias del Ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, sobre el uso indebido de la UPC por parte de algunas EPS. Aunque el Ministro había señalado que algunas entidades podrían estar utilizando de manera incorrecta los recursos asignados, la Corte advirtió que no se presentaron pruebas suficientes para iniciar investigaciones al respecto.

Corte Constitucional solicitó un informe del estado de las investigaciones

Como respuesta, la Corte ordenó a la Fiscalía General de la Nación y a la Contraloría General de la República que, en un plazo de 15 días a partir de la notificación de este auto, informen sobre el estado de las investigaciones y la conformación de un equipo de trabajo destinado a identificar posibles irregularidades en el manejo de la UPC dentro del sistema de salud.

«la Fiscalía General de la Nación y la Contraloría General de la República que, dentro de los 15 días siguiente a la notificación de este auto, reporten sobre la conformación del equipo de trabajo dirigido a identificar malos manejos respecto de la UPC al interior del sistema de salud, según el compromiso adquirido en la sesión técnica del 5 de abril de 2024 y las actuaciones desplegadas al interior de este, e informen sobre los resultados obtenidos en reportes semestrales». Corte Constitucional

La tensión sigue siendo alta en el sector salud respecto a la suficiencia de los valores establecidos para la UPC. Para 2024, la UPC fue fijada en $1.444.086 para el régimen contributivo y $1.256.076 para el régimen subsidiado. Sin embargo, las EPS han señalado que esta cantidad es insuficiente, lo que ha provocado un clima de incertidumbre sobre la sostenibilidad financiera del sistema.

Además, el ajuste para 2025 fue fijado en $1.521.489 para el régimen contributivo y $1.323.403 para el régimen subsidiado, cifras que también han generado preocupación entre los gremios, que temen que el sistema de salud se vea afectado por la insuficiencia de los recursos.

La creación de una mesa técnica, la revisión de los valores de la UPC y las investigaciones sobre el uso indebido de los recursos son pasos importantes para corregir las falencias actuales. Sin embargo, será necesario un esfuerzo conjunto de todos los actores del sistema de salud para garantizar que estas reformas se implementen de manera efectiva y se logre la suficiencia en la UPC, en beneficio de los millones de colombianos que dependen del sistema de salud.

¿Qué es la Unidad de Pago por Capitación (UPC)?

La Unidad de Pago por Capitación (UPC) es el valor anual que se asigna a cada afiliado al sistema de salud colombianoEste dinero se utiliza para financiar los servicios de salud de los afiliados. 

La UPC se transfiere a los agentes de salud para que estos se encarguen de:  Promover la salud, Diagnosticar enfermedades, Atender a los pacientes, Rehabilitar a los pacientes

La UPC se utiliza para financiar los servicios de salud en los regímenes contributivo y subsidiado. El Ministerio de Salud y Protección Social es el encargado de pagar la UPC a las EPS por cada usuario afiliado.