El reconocido empresario Germán Calle, quien posa y organiza torneos con ricos y famosos fue condenado por estafa agravada

La condena de Germán Calle: Un empresario del golf y las altas esferas condenado por estafa agravada

Germán Alfonso Calle Ramírez, conocido por su influencia en el mundo del golf y su cercanía con figuras políticas y del entretenimiento, fue condenado por el Juzgado 45 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá por el delito de estafa agravada. El empresario, conocido por la organización de torneos internacionales de golf y su participación en eventos exclusivos, deberá cumplir una pena de cinco años de prisión, además de pagar una multa de 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes y enfrentarse a una inhabilidad para ejercer derechos y funciones públicas durante el mismo periodo.

La condena se deriva de una deuda millonaria vinculada a un proceso de compraventa de un apartamento en el norte de Bogotá, cuya transacción comenzó en 2012. A pesar de que Calle Ramírez entregó una parte del monto acordado, los vendedores denunciaron que nunca recibieron el pago completo y que, posteriormente, el empresario alteró las condiciones de un préstamo bancario que se esperaba cubriera el saldo pendiente. La defraudación financiera, que inicialmente se estimó en 380 millones de pesos, con intereses supera los 1.200 millones de pesos colombianos.

El empresario pereirano viajaba en vuelos privados junto a reconocidos comentaristas deportivos y figuras del jet set mundial al Máster de Augusta, en Georgia, Estados Unidos.

En otra investigación Las autoridades lograron rastrear a Calle Ramírez a través de sus movimientos bancarios y migratorios, lo que permitió su ubicación en Ciudad de Panamá.

Nótese que la vinculación de Germán Alfonso Calle Ramírez lo fue comocontumaz, ello como una de las formas que tuvo la Fiscalía, a través de susdelegados, para asegurar la correcta, pronta y eficiente prestación del servicio público esencial de administración de justicia, pero además que pueda debatirse en un juicio la posible responsabilidad de aquel, en punto al punible que fuera enrostrado.

“Germán Alfonso Calle Ramírez deba purgar la pena en establecimiento de reclusión y como quiera que el procesado actualmente se encuentra en libertad, se ordenará a través del Centro de Servicios Judiciales del Complejo Judicial de Paloquemao, emitir las correspondientes órdenes de captura ante los organismos SIJIN, DIJIN y CTI, a efectos de que se dé efectivo cumplimiento a la pena impuesta en esta sentencia” JUZGADO

 

Calle Ramírez, que organizó torneos de golf de renombre internacional y estuvo en el radar de figuras políticas como el expresidente Bill Clinton y el excandidato presidencial Rodolfo Hernández, ha enfrentado otros procesos judiciales. Entre estos se encuentra una acusación de la DIAN por omisión en sus funciones como agente retenedor, que supera los 300 millones de pesos, y una reciente demanda en Miami que fue desestimada.

German Calle es el padre de la influencer Daniela Calle, integrante del dúo Calle y Poché, ha hecho que el caso tenga un fuerte eco mediático.

La condena, fue apelada por su defensa ante el Tribunal Superior de Bogotá,

En un comunicado, Calle Ramírez calificó la decisión como «injusta y sorpresiva» y subrayó que la sentencia sería apelada. Según su versión, el cumplimiento de las obligaciones contractuales estaba respaldado por tres escrituras públicas, pero el juzgado no las tuvo en cuenta al tomar su decisión. Sin embargo, el fallo señala que el empresario habría utilizado métodos fraudulentos, como la simulación de un leasing inmobiliario con el Banco Itaú, para desviar los fondos de la transacción a su cuenta personal, defraudando a las víctimas.

 RESUELVE

PRIMERO: CONDENAR a Germán Alfonso Calle Ramírez, de condiciones civiles y personales consignadas en esta sentencia, a la pena principal de SESENTA

(60) MESES DE PRISIÓN Y DE MULTA DOSCIENTOS (200) SALARIOS MÍNIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES, como penalmente responsable del delito estafa agravada, cometido en las circunstancias de tiempo, modo y lugar que da cuenta la actuación.

SEGUNDO: CONDENAR a Germán Alfonso Calle Ramírez, de anotaciones personales y civiles ya referidas, a la pena accesoria de Inhabilitación para el Ejercicio de Derechos y Funciones Públicas, por un tiempo igual a la pena de la libertad impuesta.

TERCERO: NEGAR a Germán Alfonso Calle Ramírez, el subrogado penal de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena y la Prisión Domiciliaria, conforme a las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.

Por tanto, Germán Alfonso Calle Ramírez deberá purgar la pena en establecimiento de reclusión y como quiera que el procesado actualmente se encuentra en libertad, se ordenará a través del Centro de Servicios Judiciales del Complejo Judicial de Paloquemao, emitir las correspondientes órdenes de captura ante los organismos SIJIN, DIJIN y CTI, a efectos de que se dé efectivo cumplimiento a la pena impuesta en esta sentencia.

CUARTO: En firme este fallo, envíense las comunicaciones ordenadas por el artículo 166 del Código de Procedimiento Penal y remítase lo pertinente a los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, reparto, para lo de su competencia.