Corte Constitucional inicia revisión de nueva emergencia económica: Miguel Polo Rosero será el magistrado ponente

La Corte Constitucional inició oficialmente el estudio del Decreto 0150 del 11 de febrero de 2026, mediante el cual el Gobierno Nacional declaró un nuevo estado de emergencia económica, social y ecológica en varios departamentos del país, tras los efectos de un fenómeno climático asociado a un frente frío.

Con la llegada formal del expediente al alto tribunal, se activó el control automático de constitucionalidad, un procedimiento obligatorio cada vez que el Ejecutivo recurre a facultades extraordinarias para atender situaciones excepcionales. La revisión buscará establecer si la declaratoria cumple con los principios de necesidad, proporcionalidad y temporalidad exigidos por la Constitución.

El magistrado ponente


El caso fue asignado al despacho del magistrado Miguel Polo Rosero, quien será el encargado de liderar la ponencia y coordinar el análisis integral del decreto.

Como parte de su labor, el magistrado deberá solicitar información y pruebas a las entidades del Estado para verificar si las circunstancias alegadas por el Gobierno justifican la adopción de un régimen excepcional. Posteriormente, presentará un proyecto de fallo ante la Sala Plena, que tendrá la última palabra sobre la exequibilidad de la norma.

Contexto de la emergencia

La emergencia fue decretada para atender los efectos de lluvias intensas que, según el Gobierno, superaron entre un 130 % y un 180 % los promedios históricos. Las precipitaciones provocaron inundaciones, deslizamientos y daños en infraestructura en departamentos como Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó.

De acuerdo con los reportes oficiales, la emergencia ha dejado más de 252.000 personas damnificadas, cerca de 69.000 familias afectadas y al menos 10 fallecidos.

El decreto establece una vigencia inicial de 30 días y habilita al Ejecutivo para expedir normas con fuerza de ley orientadas a la atención de la crisis, la reconstrucción de zonas afectadas y el recaudo de recursos.

Medidas económicas en evaluación

Dentro de las medidas previstas, el Gobierno contempla la expedición de decretos para recaudar cerca de 8 billones de pesos, principalmente mediante un impuesto al patrimonio para personas jurídicas con capitales superiores a los 10.000 millones de pesos, con tarifas que oscilarían entre el 0,6 % y el 1,2 % para patrimonios mayores a 30.000 millones.

Estas disposiciones también serán examinadas por la Corte, en la medida en que deriven directamente del estado de excepción.

Vigencia mientras avanza el estudio

Aunque el decreto ya está bajo revisión, sus efectos continúan vigentes. El análisis constitucional no suspende automáticamente la aplicación de las medidas, salvo que la Corte ordene una suspensión provisional o declare su inexequibilidad en un fallo posterior.

Hasta el momento, no se han presentado solicitudes formales para frenar la ejecución de la emergencia mientras se desarrolla el estudio jurídico.

Cuarto estado de excepción del actual gobierno

Esta declaratoria se convierte en el cuarto estado de excepción durante el mandato del presidente Gustavo Petro. Anteriormente, el Gobierno acudió a esta figura para enfrentar la crisis en La Guajira, la situación humanitaria en el Catatumbo y una emergencia fiscal relacionada con el hundimiento de la reforma tributaria, algunas de las cuales enfrentaron reparos y suspensiones por parte de la Corte.

En particular, una de las emergencias económicas previas fue suspendida provisionalmente, así como los impuestos derivados de ella, lo que marcó un precedente relevante para el nuevo proceso de revisión.

Debate jurídico y político

El estudio que adelanta la Corte se concentrará en determinar si la magnitud de la emergencia desborda las herramientas ordinarias del Estado y hace indispensable el uso de poderes excepcionales.

Este punto ha generado debate en sectores políticos y regionales. Algunos gobernadores han planteado alternativas, como el uso de regalías no ejecutadas, para atender la emergencia sin recurrir a estados de excepción.

Asimismo, el tribunal deberá evaluar si los hechos invocados constituyen realmente un evento sobreviniente y extraordinario, y si las medidas adoptadas guardan relación directa con la crisis.

Lo que sigue en el proceso

En las próximas semanas, el magistrado ponente recopilará información técnica, financiera y administrativa. Con base en ese material, elaborará su proyecto de sentencia, que será discutido por los demás magistrados en Sala Plena.

Solo entonces se definirá si el Decreto 0150 se mantiene vigente, es modificado por vía jurisprudencial o es retirado del ordenamiento jurídico.

Mientras tanto, la revisión avanza en medio de un escenario complejo, marcado por la presión social derivada de la emergencia climática, la necesidad de recursos para la atención de los damnificados y el escrutinio constitucional sobre el uso de poderes extraordinarios por parte del Ejecutivo.