
Bogotá, 14 de octubre de 2025 — En una resolución esperada con alta tensión política y jurídica, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá ha aprobado una decisión de segunda instancia en el proceso penal que enfrenta el expresidente Álvaro Uribe Vélez, condenado en primera instancia a 12 años de prisión domiciliaria por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal.
Aunque ya se revisaron los argumentos de apelación de la defensa y del representante del Ministerio Público, aún no se conoce el sentido del fallo: es decir, si la sentencia inicial será confirmada, modificada o revocada. El Tribunal anunció que en los próximos días se fijará la audiencia pública en la que se dará lectura al fallo.
Origen del proceso y condena de primera instancia
El juicio contra Uribe se remonta al año 2018, cuando la Corte Suprema de Justicia abrió una investigación sobre su presunta intervención en la manipulación de testigos en procesos relacionados con acusaciones de vínculos con grupos paramilitares.
El 1 de agosto de 2025, la jueza Sandra Liliana Heredia emitió una sentencia de 1.114 páginas por la cual halló responsable a Uribe como “determinador” de sobornos realizada por medio de su exabogado Diego Cadena, dirigido a exparamilitares presos – Juan Guillermo Monsalve y Carlos Enrique Vélez – con el objetivo de retractar sus denuncias.
La condena incluyó:
Vea el análisis de la decisión del Tribunal Superior de Bogotá aquí:
- 144 meses (12 años) de prisión domiciliaria,
- multa equivalente a 2.420 salarios mínimos legales mensuales vigentes,
- inhabilitación para ejercer cargos públicos por 100 meses y 20 días.
La defensa, liderada por los abogados Jaime Granados y Jaime Lombana, calificó el fallo como injusto, argumentando sesgos en el análisis de las pruebas presentadas.
La decisión del Tribunal: aprobación del fallo y expectativa de lectura
La Sala Penal número 19 del Tribunal, integrada por los magistrados Manuel Antonio Merchán Gutiérrez (ponente), Alexandra Ossa Sánchez y María Leonor Oviedo Pinto, aprobó formalmente la decisión de segunda instancia mediante el acta n.º 135.
En el comunicado, el alto tribunal informó que en breve comunicará a las partes la fecha de lectura del fallo, sin revelar aún el sentido del mismo.
El momento es clave: el 16 de octubre de 2025 vencía el plazo para que el proceso prescribiera, al cumplirse ocho años desde la indagatoria inicial que se le practicó a Uribe en la Corte Suprema el 8 de octubre de 2018. Conociéndose ya una decisión de segunda instancia antes de esa fecha límite, el caso no queda automáticamente archivado.
Esto implica que Uribe recibirá una decisión judicial firme —sea confirmatoria, modificatoria o absolutoria— y que el plazo de prescripción ya no será un factor determinante.
Qué sigue: recursos y etapas finales
Una vez se conozca la sentencia de segunda instancia, las partes pueden interponer un recurso extraordinario de casación ante la Corte Suprema de Justicia para revisar posibles vicios procesales o errores de derecho en el fallo.
De prosperar el recurso o admitirse el trámite, ese proceso podría prolongarse hasta cinco años en la Sala Penal del máximo tribunal.
Para Uribe, este proceso representa la segunda instancia de revertir la condena. Igualmente, si alguna de las partes presenta recurso de casación la Corte suprema deberá decidir al respecto.
Confrontaciones y sensibilidad política
El caso ha polarizado la escena política nacional. Uribe ha mantenido una defensa pública categórica de su inocencia, alegando que el proceso responde a motivaciones políticas.
Este fallo es decisivo a pocos meses de las elecciones de 2026.
El Tribunal falló antes de que operara la prescripción, manteniendo vivo el debate judicial en torno al expresidente.