JEP condena a siete exintegrantes del Secretariado de las FARC-EP por secuestros y crímenes de lesa humanidad

Bogotá, 16 de septiembre de 2025. La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) profirió este martes la primera sentencia condenatoria contra la cúpula de las extintas FARC-EP en el marco del Caso 01, denominado “Toma de rehenes, graves privaciones de la libertad y otros crímenes concurrentes”.

La decisión, contenida en la sentencia TP-SeRVR-RC-ST-No.001-2025, declaró responsables a siete exintegrantes del último Secretariado de las FARC-EP por la comisión de crímenes de guerra y de lesa humanidad, particularmente relacionados con el secuestro sistemático de miles de colombianos entre 1993 y 2012.

Los sancionados son: Rodrigo Londoño Echeverri (alias ‘Timochenko’), Jaime Alberto Parra Rodríguez (‘El Médico’), Milton de Jesús Toncel Redondo (‘Joaquín Gómez’), Pablo Catatumbo Torres Victoria, Pastor Lisandro Alape Lascarro, Julián Gallo Cubillos (‘Carlos Antonio Lozada’) y Rodrigo Granda Escobar.

La sentencia de 663 páginas describe los crimenes cometidos por los integrantes del último secretariado, la sanción no implica cárcel. Vea la sentencia completa aquí


Crímenes reconocidos y contexto histórico

Según el Tribunal para la Paz, los exjefes guerrilleros reconocieron su responsabilidad por haber ordenado y sostenido una política criminal que incluyó tomas de rehenes, homicidios, desapariciones forzadas, desplazamientos, torturas, violencia sexual, esclavitud y tratos crueles e inhumanos.

“Los comparecientes reconocieron que privaron a las víctimas de su libertad durante meses o incluso años, que sometieron a familias enteras a la incertidumbre y que, en muchos casos, esas privaciones se convirtieron en cadenas de desaparición y muerte”, señala la sentencia.

El fallo explica que el secuestro fue utilizado por las FARC como mecanismo de financiación, presión política y control territorial: “La toma de rehenes se convirtió en un patrón sistemático que afectó gravemente la dignidad humana y la libertad personal. Lo que ocurrió fue injustificable e inhumano”, enfatizó la JEP.


Las sanciones propias

La Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP impuso a los sancionados una pena de ocho (8) años de restricción efectiva de libertades y derechos, que deberán cumplir mediante Trabajos, Obras y Actividades con contenido Reparador y Restaurador (TOAR).

Entre las medidas ordenadas se encuentran:

  • Acciones de memoria y reparación simbólica en los territorios más afectados.
  • Búsqueda y entrega digna de personas desaparecidas.
  • Proyectos de restauración ambiental y comunitaria en zonas golpeadas por el conflicto.
  • Aportes al programa de Acción Integral contra Minas Antipersonal (AICMA).

El Tribunal precisó que los sancionados estarán bajo un estricto sistema de monitoreo: “Los comparecientes deberán portar dispositivos electrónicos de georreferenciación, cumplir horarios rígidos en los TOAR y someterse a visitas periódicas de verificación. La sanción no es simbólica, implica restricción real de derechos”, señala el fallo.

Asimismo, la JEP advirtió que “la inobservancia del régimen de condicionalidad dará lugar a la apertura de incidentes de incumplimiento y con ello la pérdida de beneficios, incluida la imposición de sanciones ordinarias de hasta 20 años de prisión”.

Siga en vivo la sentencia de la JEP al exsecretariado de las Farc por casos de secuestros:


 ¿Qué tipo de sanción recibirán?

Ninguno de los exjefes guerrilleros irá a prisión. En su lugar, la JEP impuso sanciones restaurativas de entre cinco y ocho años, que incluyen:

  • Restricción efectiva de la libertad (no privación carcelaria)
  • Trabajo en proyectos de reparación, como:
    • Desminado humanitario
    • Búsqueda de desaparecidos
    • Reconstrucción de memoria histórica
    • Recuperación ambiental

Estas sanciones se otorgan bajo el principio de justicia restaurativa, ya que todos los comparecientes reconocieron su responsabilidad, contribuyeron al esclarecimiento de la verdad y expresaron voluntad de reparación.


Actos de reconocimiento y obligaciones adicionales

La sentencia también ordena a los excomandantes realizar actos públicos de reconocimiento de responsabilidad, en los que deberán pedir perdón directamente a las víctimas y a la sociedad.

Adicionalmente, se dispuso que:

  • El Ministerio del Interior conforme en un plazo de 30 días una mesa técnica para intervenir cementerios en los que se presume reposan restos de personas desaparecidas por las FARC.
  • El Centro Nacional de Memoria Histórica diseñe en un plazo de seis meses un plan de memorialización que rinda homenaje a las víctimas del secuestro.
  • Los sancionados aporten de manera continua información que contribuya a la búsqueda de personas dadas por desaparecidas.

“El cumplimiento de estas obligaciones no es accesorio, es central en la sanción impuesta. El reconocimiento ante las víctimas y la reparación son elementos esenciales de la justicia transicional”, destacó el Tribunal.


“Hablar al corazón de Colombia”

En uno de los apartes más simbólicos del fallo, la JEP subrayó que esta sentencia constituye un paso histórico hacia la verdad y la reparación:

“Hoy hablamos al corazón de Colombia. Esta sentencia no borra el sufrimiento, pero es un acto de reconocimiento. Es la voz que reconoce a la sociedad colombiana y al mundo que lo que ocurrió fue injustificable e inhumano”.

El Tribunal también hizo un llamado a la reflexión colectiva: “El secuestro no fue un hecho aislado, fue una política de guerra contraria al Derecho Internacional Humanitario y a los derechos humanos. Su reconocimiento hoy es una contribución esencial a la no repetición”.


Un precedente histórico

Con este fallo, la JEP emite por primera vez una condena contra la cúpula de las FARC-EP, marcando un precedente judicial y político dentro del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición.

El Caso 01 documentó que, entre 1993 y 2012, miles de personas fueron secuestradas por la guerrilla. Muchas de ellas murieron en cautiverio, desaparecieron o sufrieron graves afectaciones físicas y psicológicas.

“Se trató de un ataque sistemático y generalizado contra la población civil, lo cual configura crímenes de lesa humanidad. La justicia transicional no busca impunidad, sino sanción restaurativa y verdad plena”, concluyó el fallo.


📌 Claves de la sentencia histórica:

  • 7 exjefes del Secretariado de las FARC-EP condenados.
  • Reconocimiento de responsabilidad en secuestros y crímenes de lesa humanidad.
  • Sanción propia: 8 años de restricción de libertades, con TOAR verificables.
  • Actos públicos de perdón, búsqueda de desaparecidos y reparación simbólica.
  • Advertencia de pérdida de beneficios en caso de incumplimiento.

Peticiones de la JEP a la Fiscalía en este fallo

  1. Acompañamiento en la búsqueda de desaparecidos
    La JEP ordena a la Fiscalía apoyar y coordinar las labores de localización, identificación y entrega digna de personas desaparecidas que estuvieron en poder de las FARC-EP.

    “La Fiscalía General de la Nación deberá poner a disposición del mecanismo de búsqueda toda la información que repose en sus archivos y que resulte útil para la localización de las víctimas de desaparición forzada en poder de las FARC-EP”, señala el fallo.

  2. Disponibilidad de información y expedientes
    Se le solicita a la Fiscalía que remita a la JEP los informes, registros y expedientes que tenga en curso sobre secuestros y desapariciones forzadas relacionados con el Caso 01, para ser contrastados con los reconocimientos de los comparecientes.

    “La Fiscalía tiene la obligación de suministrar de manera oportuna y completa la información judicial que permita contrastar los patrones de macrocriminalidad que son objeto de la presente sentencia”, indica la decisión.

  3. Aportes al plan de intervención en cementerios
    En coordinación con el Ministerio del Interior y la Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas (UBPD), la Fiscalía deberá participar en la mesa técnica que se conformará en 30 días para intervenir cementerios donde se presume reposan restos de víctimas de las FARC.
  4. Medidas de protección y judicialización de responsables
    La JEP pidió a la Fiscalía continuar con la judicialización de hechos conexos y de otros responsables no comparecientes, para evitar impunidad en casos de secuestro y desaparición.