En un fallo a favor de la carrera del coronel José Luis Esparza, reconocido por su papel fundamental en la famosa «Operación Jaque» de 2008. Esta operación logró la liberación de Ingrid Betancourt, tres estadounidenses y 11 miembros de la Fuerza Pública secuestrados por las FARC en la selva del Guaviare. En juez administrativo del Circuito Judicial de Bogotá ordenó la reincorporación inmediata de Esparza al Ejército Nacional, anulando su retiro del servicio activo en 2021.
La Decisión Judicial
El fallo emitido por el juez no solo ordenó su reintegro al mismo grado y cargo que desempeñaba antes de su retiro, sino que también estableció que el Ejército Nacional debía reconocer y pagar los salarios, prestaciones sociales y demás emolumentos que el coronel dejó de percibir desde su salida de la institución. Esta decisión se basó en el análisis de que el retiro de Esparza estuvo rodeado de inconsistencias administrativas y legales, lo que violó su derecho al debido proceso.
Esparza había sido retirado del servicio en septiembre de 2021, bajo acusaciones que lo vinculaban con la guerrilla del ELN, además de señalamientos de acoso laboral y sexual. Sin embargo, el fallo judicial concluyó que las razones detrás de su desvinculación fueron apresuradas, mal fundamentadas y carecieron de una investigación adecuada. Según el juez, se trató de una posible desviación de poder y falsa motivación.
Para Esparza, el fallo tiene un significado mucho más profundo que la simple reincorporación a sus funciones. En una emotiva intervención en los medios, el coronel expresó que lo más importante de la decisión judicial fue «salvar su honor». Aseguró que la anulación del retiro era una forma de recuperar su dignidad y la de su familia, quienes, según él, sufrieron enormemente debido a las acusaciones infundadas que mancharon su nombre.
«Lo mejor de esta primera instancia es que se salvó el honor. Se comprobaron además dos cosas: una desviación de poder y una acción administrativa mal hecha«, afirmó Esparza, quien también adelantó que tiene las evidencias suficientes para llevar el caso a instancias penales, si es necesario.
En el expediente, se destaca que Esparza fue señalado de ser infiltrado debido a su origen en Barrancabermeja, un municipio históricamente afectado por la presencia del ELN, y por ser hijo de un sindicalista de la USO.
La Relación con el Estado y la Compensación Económica
En su demanda, el coronel Esparza solicitó la compensación por los perjuicios causados, incluyendo una indemnización por daños emergentes, lucro cesante y perjuicios morales. La cifra solicitada es significativa, dado que el Estado deberá cubrir no solo el salario dejado de percibir, sino también los 100 millones de pesos solicitados por el daño emergente, más una indemnización adicional equivalente a 1.000 salarios mínimos legales vigentes.
Además, se señaló que el retiro de Esparza estuvo influenciado por presiones políticas, relacionadas en parte con su vinculación al entonces candidato presidencial Gustavo Petro, lo que podría haber generado un conflicto dentro de las altas esferas del Ejército.
El fallo también expone algunas de las dinámicas internas del Ejército Nacional, especialmente en cuanto a las decisiones de retiro y ascenso dentro de la institución. De acuerdo con los informes, el proceso administrativo que condujo al retiro de Esparza no fue transparente ni justo, lo que deja abierta la pregunta sobre qué otros casos podrían haber seguido procedimientos similares.
El fallo del Juzgado Cuarenta y Nueve (49) Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, declaró la nulidad parcial del Decreto 1074 de 10 de septiembre de 2021 a través del cual el presidente de la República retiró del servicio activo, entre otros oficiales, al señor José Luis Esparza Guerrero por la causal de llamamiento a calificar servicios, en el entendido que los efectos de la nulidad se predican únicamente respecto de la persona anteriormente señalada, de conformidad con los argumentos expuestos en la parte considerativa de esta providencia. Como consecuencia de las anteriores declaraciones, ordenar a la Nación-Ministerio de Defensa Nacional – Ejército Nacional a que (i) realice el reintegro del señor José Luis Esparza Guerrero al cargo y grado que venia desempeñando al momento del retiro, sin solución de continuidad y proceda a (ii) reincorporario al Curso de Altos Estudios Militares, en la etapa y estado en el que se encontraba al momento de su retiro.
Igualmente, Condenó a la Nación – Ministerio de Defensa Nacional – Ejército Nacional a reconocer y pagar al actor los sueldos, prestaciones sociales y demás emolumentos dejados de devengar desde la fecha del retiro y hasta que se haga efectivo el reintegro, sumas que deberán ser debidamente indexadas de acuerdo con la fórmula indicada en esta providencia.


